El Gobierno sufrió un duro golpe; esta vez fue la Justicia Electoral. Los jueces Jorge E. Di Lorenzo, Hilda Kogan y Alejo Ramos rechazaron el pedido de reimpresión de las boletas de La Libertad Avanza.
De este modo, será José Luis Espert -quien el pasado domingo renunció a su candidatura- el que "encabeza" y no Karen Reichardt junto a Diego Santilli.
La imposibilidad de presentar a sus candidatos en el cuarto oscuro podría suponer un nuevo revés, tras la presentación de la renuncia del diputado libertario -hoy de licencia- Espert. Su vinculación con el empresario vinculado al narcotráfico, Federico "Fred" Machado fue un ancla en materia electoral para el oficialismo, tal como arrojaron algunos encuestadores.
¿Por qué se rechazó el pedido de La Libertad Avanza?
La Justicia Electoral tomó la determinación de rechazar el pedido del oficialismo "por resultar material, temporal y jurídicamente inviable, conforme los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes".
El fallo, firmado por Jorge E. Di Lorenzo, Hilda Kogan y Alejo Ramos Padilla, detalla que el proceso de impresión, control y distribución de las boletas ya se encuentra en su fase final.
Las 14.432.516 boletas del distrito están impresas, verificadas y en proceso de empaquetado para su entrega al Correo Argentino. Además, se remarca que la renuncia de un candidato no constituye un supuesto de fuerza mayor que habilite la modificación de boletas ya oficializadas. "Admitir lo contrario supondría subordinar la seguridad del proceso electoral a contingencias políticas internas de las agrupaciones", advierte el fallo.
El Ministerio del Interior estimó que una reimpresión costaría más de $ 12.169 millones, cifra que representa casi la totalidad del presupuesto electoral disponible. A ello se suma el riesgo de que el material no llegue a tiempo a las 38.760 mesas de votación, lo que podría forzar la suspensión de los comicios, algo sin precedentes en la historia electoral argentina.
Cabe destacara que desde el punto de vista jurídico, el fallo recuerda que los plazos electorales son perentorios y de orden público, y que las etapas de aprobación de boletas están "jurídicamente clausuradas".
El antecedente de la Cámara Nacional Electoral
La jurisprudencia de la Cámara Nacional Electoral, citada en el expediente, refuerza esta postura: en 2015, ante una renuncia similar, se mantuvo la boleta original.
La Junta también advirtió que aceptar el pedido de LLA podría abrir la puerta a reclamos similares ante futuras renuncias, generando una "cadena de alteraciones del calendario electoral incompatible con el principio de seguridad jurídica".
Por todo esto, el tribunal resolvió que las boletas ya impresas mantendrán plena validez y vigencia como instrumento de votación oficial, y ordenó al Ministerio del Interior y al Correo continuar con el cronograma de distribución sin modificaciones.