En esta noticia

Al momento de planificar qué sucederá con el patrimonio, muchas personas piensan en quiénes heredarán sus bienes. Sin embargo, un testamento también permite decidir el destino de la parte de la herencia sobre la que la ley autoriza disponer libremente.

Esa función puede predeterminarse para beneficiar a familiares, a otras personas o incluso a una organización social y el porcentaje disponible cambia según la situación familiar de quien otorga el testamento y la existencia de herederos forzosos.

En algunos casos, esa porción alcanza un tercio del patrimonio. En otros, puede llegar a la mitad.

Cuando existen herederos forzosos, el Código Civil y Comercial reserva una parte de la herencia para ellos y deja otra disponible para que cada persona decida libremente. En algunos casos esa porción equivale a un tercio de los bienes y, en otros, puede llegar a la mitad.

Testamento: cuánto patrimonio puede decidir una persona

La ley garantiza una parte de la herencia a los llamados herederos forzosos, categoría que incluye, según el caso, a hijos, otros descendientes, padres, ascendientes y cónyuge.

Eso significa que el testamento puede abarcar únicamente la porción disponible del patrimonio cuando existen esos herederos.

“La proporción disponible depende de cada situación familiar: es de un tercio cuando hay hijos o descendientes, y de la mitad cuando no hay descendientes, pero sí padres, otros ascendientes o cónyuges. Cuando no existen herederos forzosos, la persona puede disponer libremente de la totalidad de sus bienes”, explicó la escribana Sonia Lukaszewicz (M.N. 4427), en representación del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires (CECBA).

Imagen ilustrativa (foto: archivo).

En otras palabras, que haya herederos forzosos no impide hacer un testamento. Lo que determina es cuál es la parte del patrimonio sobre la que cada persona puede decidir libremente.

Los bienes que pueden incluirse en un testamento

El testamento ofrece distintas alternativas para expresar esa voluntad. Según Lukaszewicz, “puede incluir un bien específico, una suma de dinero o una parte del patrimonio. También puede establecer que esos bienes se destinen a una finalidad determinada, siempre que el cargo impuesto sea lícito y pueda cumplirse”.

Eso permite que una persona deje, por ejemplo, un inmueble determinado, una suma de dinero, un porcentaje de sus bienes o designe heredera a una organización respecto de la porción disponible que la ley le permite administrar.

Dos tipos de testamento previstos por la ley

La legislación argentina contempla dos modalidades para otorgarlo: el testamento por acto público y el testamento ológrafo.

El primero se firma ante un escribano y dos testigos. Según la escribana, “esta modalidad ofrece mayor seguridad, ya que permite verificar el cumplimiento de los requisitos legales, garantiza la conservación del documento y contempla su inscripción en el Registro de Actos de Última Voluntad, lo que facilita su localización después del fallecimiento”.

El testamento ológrafo “debe estar escrito íntegramente de puño y letra por la persona, fechado y firmado”.

Siempre que cumpla con los requisitos establecidos por la ley, cada una de estas opciones produce efectos después del fallecimiento.

El testamento que permite dejar un tercio o la mitad de tus bienes: el solidario

La campaña Legados Solidarios, impulsada por catorce organizaciones sociales, busca difundir precisamente esta posibilidad: incluir a una organización en un testamento para destinarle parte del patrimonio disponible sin afectar los derechos de los herederos forzosos.

Según define la especialista, cualquier persona mayor de edad puede hacerlo y elegir si desea dejar un bien determinado, una suma de dinero o una parte de su patrimonio.

Entre las entidades que integran la iniciativa se encuentran UNICEF Argentina, Fundación Huésped, Médicos Sin Fronteras, Cáritas Argentina, AMIA, Amnistía Internacional, Hospital Británico y la Universidad Hospital Italiano, entre otras.

Aunque todavía se trata de una práctica en desarrollo en la Argentina, cada vez más personas incorporan este tipo de decisiones dentro de la planificación de su patrimonio.

De hecho, durante 2025, las organizaciones participantes recibieron más de 4.700 consultas y más de 30 personas incluyeron alguna de las causas en su testamento.