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El gobierno nacional publicó este jueves en el Boletín Oficial la Resolución General Conjunta 5846/2026, anticipada ayer por el ministro de Economía, Luis Caputo, que modifica el régimen de Exportación Simplificada denominado “Exporta Simple”, vigente desde 2019, para facilitar y ampliar las exportaciones de menor cuantía.

El régimen permite que PyMEs, monotributistas y nuevos exportadores despachen mercadería al exterior a través de operadores logísticos habilitados, con trámites simplificados.

La resolución introduce tres cambios principales: amplía quiénes pueden acceder, elimina topes para ciertos productos y extiende los estímulos exportadores a todas las operaciones del régimen.

Exporta Simple: qué cambia respecto de la resolución original

La RG original, que data de 2019, puso en marcha el programa con límites de u$s 600.000 anuales y u$s 15.000 por operación para todos los exportadores sin excepción.

La norma conocida hoy los levanta para un universo amplio de PyMEs al establecer que solo regirán cuando los bienes tienen derechos de exportación superiores al 0% en el régimen general al momento de oficializar la destinación.

Los productos sin retenciones quedan libres de cualquier tope de facturación anual o por operación. Este el cambio más significativo que introduce la resolución.

Además, la norma actualiza los requisitos fiscales de acceso: incorpora a contribuyentes inscriptos en Ganancias, que antes quedaban fuera del régimen.

Por otra parte, la RG de 2019 exigía ser responsable inscripto en IVA o monotributista. La nueva norma suma el alta en Ganancias como condición válida para operar dentro del régimen.

Un detalle de la nueva normativa es que se elimina el canal diferenciado para envíos de hasta 20 kg y u$s 2000 exclusivo del Correo Argentino.

El artículo 5° también se reformula: todas las operaciones del régimen acceden ahora a los estímulos a la exportación, sin la excepción que antes pesaba sobre los envíos pequeños.

La RG 5846 entrará en vigor a los 20 días hábiles de su publicación en el Boletín Oficial, fechado el 14 de mayo de 2026.

La nueva norma suma el alta en Ganancias como condición válida para operar dentro del régimen.Imagen ilustrativa (El Cronista)

A quiénes benefician los cambios en el régimen

Ante la consulta de El Cronista, desde la Secretaría de Producción explicaron que el principal beneficiado es el exportador de bienes sin derechos de exportación: software, manufactura industrial, artesanías, indumentaria y productos similares con alícuota 0%.

“Esos sectores operaban con los mismos topes que los productos con retenciones, aunque no pagaran ningún derecho de exportación. La reforma elimina esa asimetría", señalaron.

También se benefician quienes tributan solo por Ganancias. “Son personas físicas o jurídicas que antes no podían ingresar al régimen por no estar en IVA ni en el monotributo", añadieron.

Los exportadores de envíos pequeños ganan también: ahora acceden a los estímulos a la exportación que la norma anterior les negaba expresamente.

El mensaje de Caputo anunciando los cambios en Exporta Simple.Captura de X

En términos más amplios, la reforma apunta a incorporar nuevos actores al comercio exterior formal, en línea con el objetivo del DNU 70/2023 de eliminar barreras burocráticas.

El Correo Argentino pierde su canal exclusivo

La derogación del artículo 7° impacta directamente sobre CORASA (Correo Oficial de la República Argentina), que perdió el canal exclusivo que le otorgaba la norma original.

Ese artículo reservaba para el Correo Oficial el despacho de envíos de hasta 20 kg y u$s 2000, con una declaración simplificada propia bajo normas de la UPU.

A partir de la vigencia de la nueva resolución, CORASA competirá en igualdad de condiciones con los demás operadores logísticos habilitados por ARCA.

El segmento de envíos pequeños —el más masivo del régimen— era el nicho donde el Correo tenía ventaja competitiva regulatoria garantizada. Esa ventaja desaparece.

La medida refuerza la política de competencia en logística exportadora, aunque el impacto real dependerá de la capacidad de los privados de absorber ese volumen de pequeños envíos.