La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el lunes y hasta el domingo 8, la plataforma oficial para que los empleadores de trabajadoras de casas particulares puedan solicitar la devolución de la segunda cuota del bono de hasta $ 25.000.
De acuerdo a la Resolución 1136 que dio lugar a las pautas condicionantes, la gestión podrá realizarse únicamente a través del portal del organismo recaudador en la solapa de "Casas particulares", opción "Solicitud reintegro de asignación no remunerativa - Decreto Nº DECNU-2023-438-APN-PTE".
Luego, el Ministerio de Trabajo será el encargado de notificar a los solicitantes las novedades respecto a la tramitación a través del domicilio fiscal electrónico.
Paso a paso para empleadores, ¿cómo hacer la presentación de reintegro de la suma fija?
Para solicitar el reintegro los empleadores y las empleadoras de trabajadoras de casas particulares deberán cumplimentar en cada mes la presentación de la siguiente documentación:
- Declaración jurada del monto abonado en concepto de asignación no remunerativa y fecha de pago de la misma;
- Recibo de pago de la asignación no remunerativa firmado de conformidad por la trabajadora o el trabajador, o en su caso recibo de sueldo del trabajador o de la trabajadora con la inclusión del monto de la asignación no remunerativa;
- Datos de la cuenta bancaria a nombre del empleador o la empleadora, identificando su correspondiente Clave Bancaria Uniforme (CBU);
- Declaración Jurada de ingresos netos percibidos en el mes de agosto de 2023 por el empleador o la empleadora y fuente de los mismos;
- Declaración Jurada de la cantidad de horas trabajadas por el trabajador o la trabajadora sujeta al "Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares" en el mes de agosto de 2023,
- Lugar de residencia del empleador o de la empleadora.
Empleadores, ¿cómo hacer el cálculo de bono para las trabajadoras de casas particulares?
Según el artículo 2° de la normativa publicada este miércoles, el monto total de la asignación no remunerativa será calculado sobre los salarios devengados en el mes de agosto de 2023 y abonado en 2 cuotas iguales, debiendo las empleadoras o los empleadores que requieran el reintegro, presentar la solicitud para cada una de ellas.