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El Gobierno publicó este lunes el decreto reglamentario de la Ley de Inocencia Fiscal, que fue sancionada a fines de diciembre y promulgada en el Boletín Oficial a comienzos de enero.
Tal como adelantó El Cronista, era una cuestión de días para que el Ejecutivo reglamentara la Ley 27.799, cuyo objetivo principal radica en incentivar a los argentinos a “sacar los dólares del colchón” e inyectarlos en la economía. La gran apuesta es que los u$s 170.000 millones que están fuera del sistema formal —según datos brindados por el Banco Central (BCRA)— impulsen el consumo o robustezcan el mercado de capitales doméstico.
La medida, establecida a través del Decreto 93/2026 y publicada en el Boletín Oficial, lleva la firma del presidente Javier Milei, su jefe de Gabinete; Manuel Adorni; el ministro de Economía; Luis Caputo, y el ministro de Justicia; Mariano Cúneo Libarona.
Al mismo tiempo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso la puesta en marcha del Régimen Simplificado de Ganancias (RSG), una de las modificaciones clave que, según datos oficiales a los que accedió este medio, tenía alrededor de 23.248 anotados en la primera semana de febrero. Cabe recordar que este esquema estaba vigente desde junio de 2025, aunque sin el respaldo jurídico que luego le otorgó el Congreso.
La principal novedad es que la Ley de Inocencia Fiscal deja atrás un régimen persecutorio. “Décadas de cepo cambiario, alta inflación, volatilidad y un sistema tributario asfixiante empujaron a millones de argentinos a la informalidad y la evasión”, señaló el fisco a través de un comunicado.
De esta forma, el organismo recaudador de impuestos precisó cuál es el alcance del “tapón fiscal” y, además, de qué manera se podrán utilizar los “dólares del colchón”, sin que eso derive en una revisión patrimonial.
“La Ley de Inocencia Fiscal viene a poner las cosas en su lugar y le devuelve la libertad a los argentinos de usar su dinero sin darle explicaciones a nadie”, remarcaron.
Entre otros aspectos de la normativa, se destaca que el umbral de evasión simple se eleva a $ 100 millones y el de evasión agravada a $ 1000 millones. También se modificó el plazo de prescripción del delito, que disminuye de 5 años a 3 años.
De esta manera, quienes se inscriban al régimen simplificado en los próximos meses no van a poder ser investigados a partir de 2029.
Dólares del colchón: en qué consiste el “tapón fiscal” que propone la Ley de Inocencia Fiscal
A través de la Resolución 5820/2026, publicada en el Boletín Oficial, ARCA definió quiénes podrán adherirse al régimen simplificado y, a su vez, quiénes no están incluidos en el régimen.
Las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país podrán acceder de manera voluntaria a este esquema, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:
- Ingresos totales de hasta $ 1000 millones anuales.
- Patrimonio total de hasta $ 10.000 millones.
- No revestir la condición de Gran Contribuyente Nacional.
Las sociedades, fideicomisos u otras estructuras jurídicas no están incluidas en la normativa de la Declaración Simplificada de Ganancias. Lo mismo ocurre con los monotributistas, quienes deberán renunciar al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes para acceder a este beneficio fiscal.
“La verificación se realizará considerando el período fiscal de adhesión y los dos anteriores, sin acumular los montos entre años“, explicó el fisco.
La Declaración Jurada Simplificada precargada estará a disposición de los contribuyentes. Asimismo, la presentación y el pago en término del tributo—o la adhesión a un plan de facilidades dentro del vencimiento— otorgarán efecto liberatorio respecto del impuesto a las Ganancias del período fiscal base; es decir, se limita de manera significativa el alcance de las fiscalizaciones.
La determinación del impuesto se basará exclusivamente en los ingresos brutos del período (fuente argentina y extranjera) y las deducciones admitidas por la Ley del Impuesto a las Ganancias.
Esto implica, según la versión oficial, que el nuevo esquema abandona todo tipo de presunción de culpabilidad fiscal. Si bien el “tapón fiscal” rige hacia atrás y los controles de ARCA se enfocarán “hacia adelante”, es requisito que el contribuyente adhiera al régimen para evitar que el organismo solicite información patrimonial —incluyendo depósitos bancarios— o sobre los gastos personales.
La constancia digital de adhesión al régimen de Ganancias será considerada un antecedente favorable ante entidades financieras y sujetos obligados en el marco de la normativa de prevención de lavado de activos (Unidad de Información Financiera —UIF—), sin perjuicio del cumplimiento de los controles correspondientes.
“ARCA implementará un sistema de validación digital para facilitar esta verificación”, subrayaron.
Régimen Simplificado de Ganancias: en qué consiste la “presunción de exactitud” y cómo beneficia al contribuyente
El régimen incorpora la presunción de exactitud de las declaraciones juradas presentadas bajo la nueva modalidad simplificada. Esto significa que si el contribuyente presenta el documento y cumple con el pago del impuesto a las Ganancias, la información declarada se presumirá correcta, otorgando mayor seguridad jurídica y previsibilidad.
“Se mantendrá vigente en tanto y en cuanto el período fiscal base cumplimente los requisitos y condiciones previstos en la normativa legal, conforme el alcance de esta reglamentación”, aclaró el Decreto 93/2026.
No obstante, si bien el organismo no pondrá la lupa sobre períodos fiscales anteriores, lo cierto es que sí podrá impugnar la declaración si detecta discrepancias significativas o elementos objetivos y verificables, que surge cuando se verifica un 15% de omisión de impuesto o factura apócrifa.
En tanto, cada vez que el contribuyente ratifique su permanencia en el régimen y presente en tiempo y forma la declaración jurada con su debido pago, ese período pasará a constituirse como un nuevo período fiscal base.
Por lo tanto, los períodos anteriores quedan alcanzados por la “presunción de exactitud”, excepto que ARCA “hubiera notificado previamente una orden de intervención, consolidando un esquema de cumplimiento progresivo que refuerza la confianza entre el contribuyente y la administración tributaria”.
La reglamentación dispone, además, que la rectificación espontánea presentada antes de la notificación de una orden de intervención no configura una discrepancia significativa.
Aun así, ARCA establecerá una reducción del 50 % de las multas para quienes regularicen su situación dentro de los 45 días posteriores al vencimiento.
Dólares del colchón: de qué manera se depositarán los fondos en el sistema financiero
La normativa clarifica una cuestión que, durante los últimos días, generaba dudas entre diversos especialistas en tributación consultados por El Cronista.
Según el decreto reglamentario, quienes se adhieran al Régimen Simplificado de Ganancias deberán canalizar sus operaciones utilizando los medios autorizados por el BCRA y/o la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Las operaciones se considerarán correctamente canalizadas cuando la utilización de los referidos medios en el sistema financiero formal se produzca en el origen o en el destino de la operación involucrada.
Esta mañana, Javier Bolzico, presidente de la Asociación de Bancos Argentinos (ADEBA), confirmó en diálogo con Radio Mitre que las entidades privadas están en condiciones de recibir los “dólares del colchón”.
“Lo que hace esta reglamentación es permitir que quien tenga dólares bien habidos pueda ir al sistema financiero y no declarado impositivamente, pueda llevarlo a los bancos sin tener ningún tipo de problema respecto a lo que llega una posterior persecución fiscal o requerimiento de ARCA”, expresó.
Por otro lado, ARCA añadió que "las compraventas de inmuebles podrán seguir realizándose en efectivo, conforme lo dispuesto por el Decreto 22/2001″.