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La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) publicó una disposición que modifica los procedimientos para acceder al Certificado de Seguridad Vehicular (CSV), un documento clave para la inscripción y circulación de determinados vehículos en el país.
La medida, firmada por el director ejecutivo Francisco Díaz Vega y publicada en el Boletín Oficial, busca simplificar trámites y adecuar la normativa a los últimos decretos del Gobierno nacional.
Cambia el Certificado de Seguridad Vehicular: ¿a qué vehículos alcanza?
La nueva normativa aplica a tres categorías específicas:
- Vehículos importados bajo el régimen especial del Decreto 110/1999
- Unidades rematadas o judicializadas que carezcan de certificaciones previas por abandono, decomiso o secuestro
- Modelos nacionales de categorías M1 y N1 (automóviles y utilitarios livianos de hasta 3,5 toneladas)
Cuáles son los nuevos requisitos para acceder al Certificado de Seguridad Vehicular
El cambio más relevante es la adopción de un modelo actualizado de Informe Técnico, que certifica el cumplimiento de condiciones de seguridad activa y pasiva, emisiones contaminantes y otros requisitos de circulación. Este documento será exigido de manera obligatoria antes de emitir el CSV.
La norma especifica quiénes pueden elaborar este informe:
- Talleres de revisión técnica obligatoria, concesionarios e importadores que estén inscriptos en el registro nacional bajo la órbita de la Secretaría de Transporte, con instalaciones y equipamiento adecuados
- Ingenieros matriculados con competencia en seguridad vehicular, quienes firmarán el documento en carácter de declaración jurada y deberán acreditar vigencia de matrícula profesional
¿Cuándo entra en vigencia el nuevo informe?
Hasta tanto se ponga en funcionamiento el Registro Nacional único previsto en el Decreto 196/2025, la disposición reconoce como válidos los informes técnicos realizados por talleres de revisión técnica de cualquier jurisdicción del país, ya sean nacionales o provinciales.
Esta medida transitoria busca evitar interrupciones en los trámites mientras se consolida el sistema federal.
La actualización se fundamenta en el Decreto 196/2025, que reformuló artículos clave del reglamento de tránsito (Decreto 779/1995).
Según los considerandos de la disposición, el objetivo es “simplificar y agilizar los procedimientos para acreditar el cumplimiento de las obligaciones” establecidas en la Ley Nacional de Tránsito 24.449, en pos de una gestión más eficiente.
La medida también especifica que para vehículos nuevos (cero kilómetro) de producción seriada, los fabricantes o importadores podrán optar entre presentar las Licencias de Configuración de Modelo (LCM) y Ambiental (LCA) tradicionales, o bien tramitar directamente el CSV.
El nuevo modelo de informe técnico ya está disponible en el sitio web oficial de la ANSV y del Boletín Oficial como anexo de la Disposición 10/2026.