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El Gobierno nacional oficializó cambios en la normativa que regula la actividad aseguradora, especialmente en lo que respecta a las pólizas de seguros para automóviles.

A través de la Resolución 435/2025, publicada en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) estableció nuevas exigencias para las compañías que comercializan seguros mediante medios electrónicos.

La medida apunta a facilitar trámites como la baja de la póliza, la denuncia de siniestros y el acceso a documentación relevante.

Cambian los seguros: ¿qué modificaciones introdujo el Gobierno?

Las aseguradoras que operen por medios electrónicos deberán incluir en la portada de sus sitios web y aplicaciones móviles:

  • Una opción visible para solicitar la baja de la póliza.
  • Información clara sobre cómo obtener copias del contrato.
  • Información sobre el procedimiento para denunciar siniestros.

Estas obligaciones aplican a pólizas contratadas electrónicamente en las siguientes ramas: Automotores, Motovehículos, Combinado Familiar e Integral, Robo y Riesgos Similares, Otros Riesgos de Daños Patrimoniales y Accidentes Personales.

Nuevas obligaciones para los seguros

Además, las aseguradoras deberán incluir en el pie de página de sus sitios web institucionales una sección destacada y actualizada sobre el Servicio de Atención al Asegurado. Este servicio debe estar preparado para recibir consultas y reclamos de tomadores, asegurados, beneficiarios y derechohabientes.

La información obligatoria que debe figurar incluye:

  • Nombre del responsable y del suplente.
  • Teléfono de contacto.
  • Correo electrónico o enlace al formulario de reclamos.
  • Número de inscripción de la compañía ante la SSN.