AFIP introdujo una modificación clave para simplificar el impuesto, ¿de qué se trata?
A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, la AFIP simplificó el proceso para la determinación y la realización de la declaración jurada del IVA: qué implica y a quiénes alcanza.
En el marco del proceso de desregularización estatal que está llevando a cabo la gestión de Javier Milei de la mano de Federico Sturzenegger, este jueves la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) introdujo una novedad que facilitará la carga de datos del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
A través de la Resolución General 5591/2024 publicada este jueves en el Boletín Oficial, la AFIP -aún en funciones tras el anuncio de su disolución- dispuso una modernización de la aplicación web utilizada para la determinación del IVA y la confección de la declaración jurada mensual correspondiente a este impuesto.
Así, la intención es simplificar la presentación de este trámite a partir de este mes de octubre, cuyo vencimiento es en noviembre. Según los considerandos de la medida, el objetivo es el de "facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus deberes fiscales a partir de la optimización de las aplicaciones disponibles para ello".
Con esta actualización, los contribuyentes podrán realizar los trámites relacionados con el IVA de manera más ágil a través de una modificación al Formulario "F2002 IVA por Actividad": los detalles.
Cambia el IVA: las novedades que introdujo AFIP
La Resolución General 5591/2024 publicada este jueves por la AFIP introduce la obligación de realizar la determinación del IVA y la respectiva declaración jurada mensual del gravamen "desagregando los débitos fiscales de acuerdo con la actividad económica declarada y las ventas conforme a la alícuota que corresponda para cada caso".
Para ello, se modificará el Formulario F.2002 para permitir a los usuarios visualizar el débito y crédito fiscal previamente registrados en el libro de IVA digital del mismo período mensual.
Así, parte de los datos informados a la entidad tributaria por los distintos sujetos obligados podrán visualizarse a través del "Libro de IVA Digital" en la declaración jurada del gravamen.
Para realizar este proceso, se deberá ingresar al servicio "Mis Aplicaciones WEB" y seleccionar el formulario "F2002 IVA por Actividad", disponible en el portal de la AFIP.
Esta iniciativa tiene el potencial de evitar la duplicidad en la carga inicial de información, simplificando así el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Los sujetos alcanzados por esta modificación serán aquellos que "efectúen ventas de bienes y/o locaciones de servicios que, por sus características, no requieran el ingreso de datos específicos y/o posean determinadas particularidades vinculadas con":
- Empresas promovidas;
- Proveedores de empresas promovidas;
- Contribuyentes que realicen operaciones de exportación;
- Responsables que soliciten reintegros por operaciones de bienes de capital;
- Sujetos con "Régimen de Reintegro de Retenciones Agropecuarias";
- Sujetos adheridos al "Régimen Agropecuario con Pago Anual";
- Sujetos que declaran conceptos que disminuyen el saldo técnico a favor del responsable.
Desde la dirección de la AFIP, encabezada por Florencia Misrahi, destacaron que se "continúa con la instrumentación de mecanismos tendientes a mejorar y simplificar los procesos administrativos y reducir la carga burocrática al sector privado" e informaron que "esta medida alcanza aproximadamente al 90% de los contribuyentes de IVA".
El organismo, que pronto será reemplazado por ARCA, afirmó que "esta es la primera etapa de un proceso de simplificación de la declaración jurada de IVA en el cual el organismo se encuentra trabajando para su implementación progresiva durante los próximos meses, con el objetivo de poner a disposición de la totalidad de los contribuyentes de dicho impuesto la declaración jurada precargada sobre la base de los datos con los que ya cuenta el organismo".
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