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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó este martes la actualización del procedimiento de pago mensual de haberes para jubilados, pensionados y Asignaciones Familiares del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF).

A través de la Resolución 132 y tras la derogación de las normativas predecesoras 567 y 648, el mecanismo buscará optimizar el esquema utilizado para la liquidación de los montos quincenales, mensuales o único.

"Resulta necesario que los Convenios de Pago de Prestaciones de la Seguridad Social, a suscribirse junto a las entidades pagadoras, contenga todas las innovaciones a este respecto", puntualiza un tramo del Considerando.

Pagos ANSES: qué pasa si perdí el DNI

Según el anexo I adjunto en la Resolución 132, la entidad habilitará el pago contra presentación de constancia de DNI en trámite emitida por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) donde conste:

  • Nombre y Apellido,
  • Número de Documento de Identidad, junto con Pasaporte o Cédula de Identidad o Registro de Conductor vigente, del que surja el mismo número de Documento de Identidad y el mismo Nombre y Apellido que los registrados en la constancia citada.

Para los apoderados que no estén incorporados en la liquidación, sólo podrá cobrar a través de la acreditación de su condición de tal, mediante autorización especial emitida por la ANSES.

Cuáles son los requisitos para cobrar como apoderado ante ANSES

En el caso que el haber no sea percibido por el/la titular, deberá exigirse a la tercera persona, estar debidamente autorizada con facultades expresas, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 375 y 1017 inc. d) del CCyCN. A partir de allí, los fondos deberán acreditarse en una cuenta a su nombre abierta específicamente a estos efectos, teniendo ésta última la misma naturaleza que la "cuenta de la seguridad social".

Cuando los menores sean titulares de beneficios con sentencia judicial, el representante en tanto deberá acreditar el ejercicio de la responsabilidad parental y, cuando no haya persona que la ejerza, lo hará a través de su tutor.

En todos los casos, tal carácter deberá ser debidamente acreditado, mediante los instrumentos pertinentes.

Cuáles son las modalidades de pago permitidas por ANSES

De acuerdo al tramo "Procedimiento de acreditación, pago y rendición", los fondos deberán estar disponibles en las respectivas cuentas en la fecha de pago que se indica en el archivo de liquidación, para cada beneficiario/a, es decir conforme al calendario de pago aprobado por la ANSES.

En cuanto a su acceso, podrán disponerse a través de extracción en los cajeros automáticos, mediante tarjetas de débito, huella dactilar o con código de extracción, o por ventanilla según su opción y conveniencia.

Cómo cobrar una jubilación, pensión o prestación de ANSES desde el exterior

En aquellos casos que corresponda el pago de prestaciones a beneficiarios/as residentes en el exterior, la entidad requerirá en forma periódica los certificados de supervivencia correspondientes, informando a la ANSES sobre aquellos casos que no hubieran cumplido con lo establecido en el presente punto.

Las comisiones y/o gastos que surjan de la transferencia de los fondos al exterior, serán a cargo de cada beneficiario/a y deberán ser acordados con cada persona previo a la prestación del servicio por parte de la entidad.

La ANSES determinará el concepto de residentes en el exterior en el marco del presente Procedimiento de Pagos de Prestaciones de la Seguridad Social