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Según la resolución oficial publicada por ANSES, se aplicará un incremento del 1,88 por ciento sobre los límites, rangos y montos de las asignaciones familiares previstas en la Ley 24.714. Esto incluye la Asignación por Hijo, por Hijo con Discapacidad y Prenatal, entre otras.
El aumento se calcula con base en la fórmula de movilidad que ajusta los valores según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) nacional, tal como lo establece el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/24.
¿Quiénes pueden cobrar el SUAF?
Las asignaciones familiares alcanzan a:
Trabajadores en relación de dependencia del sector público y privado.
Beneficiarios del seguro de desempleo.
Personas con pensiones no contributivas por invalidez.
Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor.
Monotributistas que cumplan con los requisitos establecidos por ANSES.
En el caso de los monotributistas, el monto a cobrar depende de la categoría en la que estén inscriptos y del ingreso bruto anual declarado.
Atención, monotributistas: ¿hay un tope de ingresos?
Sí. Si una persona del grupo familiar percibe más de $ 2.403.613 mensuales, queda excluida del cobro de las asignaciones, aunque el total del grupo no supere el límite máximo establecido.
Además, cuando el cálculo del aumento arroja decimales, se redondea al valor entero siguiente para facilitar la liquidación.
¿Cuándo se cobra el aumento del SUAF?
Los nuevos montos rigen para los hechos generadores que se produzcan a partir de octubre de 2025. Esto significa que quienes cumplan con los requisitos y tengan la liquidación aprobada por ANSES, verán reflejado el aumento en sus próximos pagos.
El incremento aplica a todas las asignaciones familiares contempladas en la ley, excepto la Ayuda Escolar Anual y la Asignación por Nacimiento y Adopción, que tienen su propia modalidad de actualización.