LaAdministración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó los vencimientos para el ingreso de los anticipos del impuesto a las Ganancias y deBienes Personales para el período fiscal 2024 para personas humanas y sucesiones indivisas. Así lo oficializó a través de la Resolución General 5541/2024 publicada este viernes en el Boletín Oficial bajo la firma de Florencia Misrahi, titular de AFIP. El anuncio se da en el marco del comienzo de la implementación del paquete fiscal (Ley 27.743) que estableció el Régimen de Regularización de Activos, mejor conocido como blanqueo. Según define la medida en sus considerandos, este "impacta en la determinación de los referidos tributos" en el periodo vigente. "Consecuentemente, y toda vez que el importe de los anticipos se liquida sobre la base del impuesto determinado en el período fiscal inmediato anterior a aquél al que corresponda imputarlos, deviene necesario extender el plazo para que los contribuyentes y responsables cumplan la obligación de ingreso del primer y segundo anticipo de los impuestos mencionados", agrega la resolución. Así, los vencimientos de los pagos del primer y segundo anticipo tanto de Ganancias como de Bienes Personales, que eran originalmente a fines de agosto y en octubre, se pasaron a octubre y noviembre respectivamente: todas las fechas. Ahora, el esquema de vencimientos para el primer pago queda dispuesto de la siguiente manera: Para el segundo anticipo, los vencimientos quedaron en las siguientes fechas: Las nuevas fechas se vuelven un factor más que relevante en el contexto del blanqueo y el régimen de pago anticipado de Bienes Personales (REIBP), que habilita el pago anticipado hasta 2027 con una alícuota del 0,45%. El REIBP no solo significa la exención del pago hasta 2028, sino que además permite congelar el patrimonio a diciembre de 2023 y evitar el cobro de alícuotas mayores sobre el patrimonio. Las fechas vigentes, previo a la modificación, generaban dudas sobre los que debían presentar la documentación, tanto para el pago regular como en caso de querer adherir al blanqueo, en especial si deseaban adherir en la primera etapa (que es la más barata) ya que la reglamentación se publicó hace menos de un mes. El régimen además plantea un beneficio para cumplidores, que contempla una reducción del 0,5% de la alícuota del impuesto sobre los bienes personales para los períodos 2023, 2024 y 2025 para los que hayan cumplido sus declaraciones y pagos en los tres años anteriores. Cabe recordar que los anticipos son pagos a cuenta del impuesto, son obligatorios y son descontados del monto de la obligación principal a la hora de presentar la declaración jurada.