La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció cambios claves para los contribuyentes adheridos al monotributo que realicen el pago del impuesto mediante débito automático.
A través de la Resolución General 5790/2025 publicada en el Boletín Oficial, el organismo fiscal definió nuevos criterios para el pago mediante Clave Bancaria Uniforme (CBU).
Cambia el pago del monotributo: la nueva resolución de ARCA
El organismo a cargo de Juan Pazos informó que darán de baja del cobro automático a los contribuyentes que estén inscriptos al débito automático y no cumplan con el pago de cuatro cuotas consecutivas. La medida surge tras la detección de reiterados rechazos de débitos en cuentas bancarias.
Se encontraron cuentas cerradas, suspendidas, sin fondos suficientes o con instrucciones específicas para no pagar el impuesto. De esta manera, tras verificar tres rechazos seguidos, la entidad se comunicará mediante el Domicilio Fiscal Electrónico declarado, tal como lo estable la resolución 4.280 y su modificatoria.
Se brindará un plazo para regularizar la situación o justificar la causa, pero si la situación se repite una cuarta vez, la adhesión al débito automático se dará de baja.
En la misma línea, se aclaró que “los contribuyentes que decidan restablecer la modalidad de pago mediante débito directo, deberán gestionar una nueva adhesión a través de los canales habilitados”. En caso de que la adhesión se realice antes del día 20 de cada mes, comenzará a regir a partir del siguiente.
La medida aplicará tanto a trabajadores autónomos, el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) y el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
Cuánto tengo que pagar de monotributo
ARCA especificó cuánto deberán pagar los titulares del monotributo:
- Categoría A:
- $ 37.085,74 (servicios y bienes muebles)
- Categoría B:
- $ 42.216,41 (servicios y bienes muebles)
- Categoría C:
- $ 49.435,58 (servicios)
- $ 48.320,22 (bienes muebles)
- Categoría D:
- $ 63.357,80 (servicios)
- $ 61.824,18 (bienes muebles)
- Categoría E:
- $ 89.714,31 (servicios)
- $ 81.070,26 (bienes muebles)
- Categoría F:
- $ 112.906,59 (servicios)
- $ 97.291,54 (bienes muebles)
- Categoría G:
- $ 172.457,38 (servicios)
- $ 118.920,05 (bienes muebles)
- Categoría H:
- $ 391.400,62 (servicios)
- $ 238.038,48 (bienes muebles)
- Categoría I:
- $ 721.650,46 (servicios)
- $ 355.672,64 (bienes muebles)
- Categoría J:
- $ 874.069,29 (servicios)
- $ 434.895,92 (bienes muebles)
- Categoría K:
- $ 1.208.890,60 (servicios)
- $ 525.732,01 (bienes muebles)
Nuevos topes de facturación del monotributo
- Categoría A: $ 8.992.597,87
- Categoría B: $ 13.175.201,52
- Categoría C: $ 18.473.166,15
- Categoría D: $ 22.934.610,05
- Categoría E: $ 26.977.793,60
- Categoría F: $ 33.809.379,57
- Categoría G: $ 40.431.835,35
- Categoría H: $ 61.344.853,64
- Categoría I: $ 68.664.410,05
- Categoría J: $ 78.632.948,76
- Categoría K: $ 94.805.682,90