La Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mantiene su política de fiscalización sobre las billeteras virtuales y determinó cuáles son las plataformas bajo supervisión activa, aunque también flexibilizó algunas operaciones.
Con la nueva disposición conjunta del Gobierno encabezada por los titulares del organismo fiscal, el Banco Central y el ministerio de Economía, los topes que generan alertas para transacciones como transferencias, extracciones o depósitos se modificaron.
¿Qué billeteras virtuales regula ARCA?
Con las nuevas regulaciones, ARCA exige que las billeteras virtuales informen las operaciones mensuales que superen los $ 50.000.000 en el caso de personas físicas y los $ 30.000.000 para personas jurídicas.
Esta nueva medida comenzó a regir el 1 de junio de 2025, tras la publicación de la Resolución General 5512/2024. El objetivo principal es prevenir el lavado de dinero y asegurar el cumplimiento fiscal.
Las plataformas bajo regulación son las siguientes:
- Mercado Pago
- Ualá
- Naranja X
- Personal Pay
Estas billeteras deben informar saldos, movimientos y transacciones que excedan los topes definidos. Además, cualquier operación que no se corresponda con la situación patrimonial del titular puede quedar bajo revisión, incluso cuando no superan los límites técnicos.
¿Cuáles son las billeteras virtuales no reguladas por ARCA?
También, se debe tener en cuenta que ARCA no incluye en su control a billeteras internacionales como PayPal, ya que estas plataformas operan bajo la legislación de sus países de origen. Para muchos usuarios, representan una opción atractiva por su mayor privacidad en la fiscalización.
En el caso de PayPal, no es una entidad financiera tradicional, sino una fintech que funciona como intermediaria digital. Por eso, no realiza depósitos ni otorga créditos y de esta forma, no se encuentra sujeta a los mismos mecanismos regulatorios que los bancos.
¿Cuáles son los nuevos montos de fiscalización en julio 2025?
El Gobierno actualizó fiscalización de los montos a controlar en las operaciones de la siguiente manera:
Transferencias y acreditaciones:
- $ 50.000.000 para personas físicas
- $ 30.000.000 para personas jurídicas
Extracciones en efectivo:
- $ 10.000.000 para ambos casos
Saldos bancarios al último día del mes:
- $ 50.000.000 para personas físicas
- $ 30.000.000 para personas jurídicas
Compras como consumidor final
- Hasta $ 10.000.000 sin obligación de informar
¿Qué pasa si se superan los límites de ARCA?
Cuando una operación excede los montos establecidos, el dinero puede ser retenido en forma preventiva y la entidad financiera puede solicitar documentación que justifique el origen de los fondos.
Con respaldo formal, la operación se libera sin complicaciones; sin documentación, ARCA puede iniciar auditorías o escalar el caso ante la UIF. La documentación válida para justificar operaciones es la siguiente:
- Recibos de sueldo
- Facturación de monotributistas o responsables inscriptos
- Declaraciones juradas ante la ex AFIP
- Contratos de compraventa
- Extractos bancarios