

Un cambio silencioso pero de enorme impacto acaba de sacudir las bases del empleo juvenil en Colombia.
La nueva reforma laboral, sancionada como Ley 2466 de 2025, convierte lo que antes era una "pasantía" o una "práctica" sin garantías en un contrato laboral real, con obligaciones económicas formales para las empresas.
Desde ahora, si usted contrata un aprendiz, deberá pagarle al menos un salario mínimo mensual.
Reforma laboral aprobada: ¿qué sucede con el contrato de aprendizaje?
Durante años, el contrato de aprendizaje fue utilizado por empleadores como un mecanismo de bajo costo para vincular estudiantes en formación, especialmente del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
Bajo esta figura, las empresas no estaban obligadas a pagar salario ni a reconocer prestaciones sociales, solo un "apoyo de sostenimiento". Pero eso cambió.
Con la entrada en vigor de la reforma laboral, este vínculo ahora se considera un contrato laboral especial a término fijo, lo que significa que debe regirse por los derechos y obligaciones laborales básicas.

¿Cuánto deben pagar las empresas por un aprendiz?
De acuerdo con el nuevo artículo 95 de la Ley 2466 de 2025, el monto depende del tipo de formación:
Formación dual (empresa + academia):
- Primer año: el aprendiz recibirá el 75% de un salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV).
- Segundo año: deberá recibir el 100% del SMMLV.
Formación tradicional (fase lectiva + práctica):
- Fase lectiva: mínimo el 75% del SMMLV.
- Fase práctica: el 100% del SMMLV como apoyo económico obligatorio.
Además, el aprendiz tendrá acceso a seguridad social y a las condiciones mínimas de dignidad laboral, tal como cualquier otro trabajador formal.

¿Qué implica para las empresas la nueva reforma laboral?
Para usted como empleador, esto significa que debe:
- Registrar el contrato del aprendiz por escrito.
- Realizar aportes a seguridad social a través de la planilla PILA.
- Cumplir con la jornada laboral máxima y garantizar pausas, descanso y cobertura en riesgos laborales.
- Garantizar un entorno libre de acoso, con acceso a protección disciplinaria y acompañamiento sindical si lo requiere.
Omitir estas obligaciones puede derivar en sanciones laborales, demandas o incluso procesos judiciales por desconocimiento de derechos fundamentales.
¿Qué pasa si una empresa no contrata aprendices?
La ley también reformó el sistema de "cuota de aprendizaje". Si su empresa está obligada a vincular aprendices (según el número de empleados), pero decide no hacerlo, deberá pagar una suma mensual al SENA equivalente a 1,5 salarios mínimos por cada aprendiz que no contrate.
Esto representa cerca de $2 millones al mes por aprendiz incumplido, lo que hace financieramente más viable cumplir la norma que ignorarla.












