Los trabajadores enrelación de dependencia en Colombia se anticipan al pago de la primera prima de servicios del año. Se trata de un reconocimiento económico entregado por los empleadores en dos cuotas.
Aun así, hay un grupo de empleados que recibirá una prima más baja que los demás. Se trata de aquellos que hayan comenzado un nuevo empleo hace tan solo un mes.
Este pago está contemplado tanto para empleados del sector privado como del sector público que cuenten con un contrato laboral vigente. Según la ley, esta prestación equivale a 30 días de salario por cada año trabajado y se paga en junio y diciembre.
Cómo se calcula la prima de junio si solo se trabajó un mes
Según establece el artículo 306 del código sustantivo del trabajo, todos los trabajadores dependientes en Colombia tienen derecho a recibir la prima de servicios. Esta debe hacerse de forma proporcional al tiempo que lleve trabajado: en el caso de no completar un semestre su paga será menor a la de los demás.
Para calcular cuánto le corresponde debe multiplicar su sueldo por 30, los días trabajados, y dividirlo en 360, el número de días que el código contempla. Si gana 1.623.500, el salario mínimo y auxilio de transporte, la empresa deberá pagarle 135.291 pesos.
¿Quiénes tienen derecho a recibir la prima de servicios en Colombia?
La prima de servicios es una prestación social obligatoria que deben recibir todos los trabajadores con contrato laboral en Colombia, tanto del sector público como del privado. Este pago adicional representa el equivalente a 30 días de salario por año trabajado, y se entrega en dos cuotas: una a mitad de año y otra en diciembre.
La normativa también aplica para trabajadoras domésticas, choferes, empleados por días y trabajadores de finca. Incluso si una persona ha trabajado solo parte del semestre, tiene derecho a recibir la prima de manera proporcional al tiempo laborado.
En este sentido, el Ministerio de Justicia aclara que ni las incapacidades médicas ni las licencias de maternidad interrumpen el contrato de trabajo, por lo tanto, no afectan el cálculo de esta prestación.