

El sistema de salud en Colombia opera a través de las Entidades Promotoras de Salud (EPS), encargadas de la afiliación, y las instituciones prestadoras, responsables de la atención médica. Dentro de este esquema, uno de los cobros más frecuentes es la cuota moderadora, un aporte económico que busca regular el uso de los servicios y cuyo valor depende del ingreso del afiliado.
Sin embargo, la normativa vigente establece que este pago no puede convertirse en un obstáculo para acceder a la atención, especialmente cuando se trata de poblaciones vulnerables o de tratamientos prioritarios. Por ello, el Ministerio de Salud y Protección Social fijó una serie de casos en los que los usuarios quedan totalmente exentos.
¿Quiénes no deben pagar la cuota moderadora en las EPS?
De acuerdo con disposiciones oficiales vigentes, existen grupos específicos que están protegidos y no deben cancelar este valor al momento de recibir atención médica. La exención aplica tanto por condiciones sociales como por situaciones de salud.

Entre los beneficiarios se encuentran las víctimas del conflicto armado, las personas con discapacidad que requieren procesos de rehabilitación y los menores que hayan sufrido violencia física o sexual, siempre que exista certificación de la autoridad competente.
La condición clave: estar en un grupo protegido o en programas especiales
También quedan liberados del pago los afiliados al Régimen Subsidiado, quienes no deben abonar cuotas moderadoras en ningún caso. En el Régimen Contributivo, la exención se aplica cuando el usuario participa en programas de control de enfermedades crónicas o de alto impacto, como hipertensión, diabetes o trastornos mentales.
Asimismo, están cubiertos quienes acceden a servicios de promoción y prevención, atención materno-perinatal, control de enfermedades transmisibles y procedimientos como la ligadura de trompas o la vasectomía, disponibles para usuarios de ambos regímenes.
Cómo acceder al sistema y cuándo corresponde pagar
Para formar parte del sistema de salud, las personas pueden afiliarse de manera independiente o a través de un empleador, eligiendo una EPS con cobertura en su lugar de residencia y presentando los documentos del grupo familiar, según informó El Tiempo. Una vez activada la afiliación, el usuario puede solicitar citas, exámenes y tratamientos.

Si no pertenece a ninguno de los grupos protegidos, deberá abonar la cuota moderadora calculada según su ingreso base. No obstante, las autoridades sanitarias han reiterado que la atención médica no debe negarse por motivos económicos, ya que la protección de la vida y la salud tiene prioridad sobre cualquier trámite administrativo.








