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La ley de alquileres en Colombia es la normativa más importante para regular el arriendo en todo el país. Sin embargo, muchas de las leyes y artículos que se encuentran dentro de este texto son desconocidos por la mayoría de los inquilinos. En este marco, ¿es legal cobrar el depósito?

Según la ley 820 sancionada por el Congreso de la Nación en 2003, es considerado como un acto ilegal que el propietario le exija al inquilino depósitos de garantía con el objetivo de asegurar el cumplimiento del contrato. Se trata de una disposición que tiene como objetivo proteger al arrendatario de abusos.

La normativa, además, plantea la imposición de contratos más justos, sin la necesidad de que se impongan condiciones externas que no estén actualmente previstas en la ley ya mencionada. A pesar de esta aclaración, muchos arrendatarios siguen exigiendo depósitos a sus inquilinos.

Ley de alquileres: el artículo que prohíbe los depósitos

El artículo 16 es el que prohíbe la determinación de cláusulas como depósitos de garantía. "En los contratos de arrendamiento para vivienda urbana no se podrán exigir depósitos en dinero efectivo u otra clase de cauciones reales, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que conforme a dichos contratos haya asumido el arrendatario", expresa el texto.

Y agrega: "Tales garantías tampoco podrán estipularse indirectamente ni por interpuesta persona o pactarse en documentos distintos de aquel en que se haya consignado el contrato de arrendamiento, o sustituirse por otras bajo denominaciones diferentes de las indicadas en el inciso anterior".

¿La ley de alquileres puede determinar el precio de un arriendo?

Actualmente, la ley no impone un precio fijo para los arriendos en Colombia, aunque una de las reglas principales es que el aumento anual del arriendo no puede superar el índice de inflación del año anterior, según la información vertida por Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE).

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Entonces, si bien el mercado es libre respecto de la fijación inicial del precio, dicha cifra no puede incrementarse más de lo estipulado en esta norma y acorde al índice de inflación.