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Tras más de 35 años de lucha judicial, los docentes pensionados de Colombia lograron el reconocimiento que tanto esperaban. Se trata del derecho a recibir una prima de medio año y el grupo de afectados ya puede avanzar en reclamar lo que les corresponde.

La noticia fue confirmada por López Quintero Abogados, liderada por el jurista Yobany López Quintero. Su despacho asumió por años la defensa de maestros que exigían el cumplimiento pleno de la prima adicional contemplada en la Ley 91 de 1989.

Este grupo de docentes ahora pensionados podrán acceder a un beneficio que se les negaba.

Quiénes pueden reclamar y qué condiciones aplican

Todos los maestros pensionados después del año 2012 que cumplan con los requisitos de la normativa vigente y los fallos judiciales podrán acceder al pago de la prima de medio año. El criterio “ha sido clave en el proceso legal, pues delimita con precisión el grupo de educadores que pueden reclamar el beneficio”.

Así mismo, también se habilita a reclamar retroactivos, es decir, los valores correspondientes a las primas no pagadas en años anteriores.

El conflicto por la prima de medio año para docentes pensionados

El conflicto proviene desde la Ley 91 de 1989, que reorganizó el régimen prestacional del Magisterio y creó una mesada adicional como compensación económica. A pesar de esto, su aplicación ambigua de la en manos de las entidades estatales llevaron a miles de procesos individuales y colectivos ante la Justicia.

Gracias a este fallo, podrán acceder a la prima de medio año. Freepik

Pasos a seguir para los pensionados

La resolución representa un avance sin precedentes para los maestros jubilados que verán reconocido su derecho a la prima de medio año y sirve como referente para la protección de derechos laborales en el sector público. Las organizaciones gremiales ya estudian la forma de acompañar a los docentes en las acciones legales necesarias.

Para quienes cumplan el criterio temporal, el próximo paso es recopilar documentación de pensión y prestaciones, asesorarse con representantes legales acreditados y evaluar la vía judicial o administrativa más adecuada para reclamar los montos adeudados.