

Cuando fallece el titular de una cuentabancaria, los familiares se enfrentan a trámites que no siempre son claros. La norma indica que el banco congela los recursos y pide pruebas del deceso y del parentesco. Desde ese momento, el proceso puede seguir dos caminos: la entrega directa si aplica la excepción legal o la sucesión cuando no se cumplen los requisitos.
De acuerdo con el Ministerio de Justicia, los herederos deben acercarse a la entidad financiera con una solicitud escrita y documentos que acrediten su calidad. Entre ellos se cuentan el registro civil de defunción, copias de cédula, pruebas de parentesco y una declaración jurada sobre la inexistencia de administrador de bienes. Con esos soportes, el banco verifica si es posible entregar el dinero sin necesidad de juicio de sucesión.
Cuentas bancarias: qué se debe hacer cuando fallece el titular
Lo primero que ocurre es el bloqueo de la cuenta para proteger el saldo. Luego, el banco revisa si procede la entrega directa al cónyuge sobreviviente y herederos, figura respaldada por la Superintendencia Financiera. Este mecanismo evita un proceso largo, pero depende de condiciones específicas y de que no exista albacea designado ni administrador de la sucesión.

El acceso rápido solo se habilita si el monto de la cuenta no supera el límite legal vigente, que se actualiza periódicamente según lo fijado por la Superfinanciera. Si el saldo excede ese tope o no se cumplen las condiciones, los familiares deben iniciar una sucesión notarial o judicial. Ese proceso permite identificar herederos, repartir la masa hereditaria y dar certeza jurídica sobre los bienes.
Sucesiones: cuándo debe realizarse el trámite
El trámite de sucesión se vuelve obligatorio cuando el dinero de la cuenta supera los topes permitidos por la ley o hay conflictos entre los herederos. En ese caso, los saldos pasan a integrar la masa sucesoral y se distribuyen bajo un proceso formal, ya sea en notaría si hay acuerdo, o en juzgado cuando existe disputa. Allí entran productos como cuentas de ahorro, corrientes y certificados de depósito a término.
La Superintendencia Financiera también aclara que ciertos productos de inversión no pueden entregarse de manera directa y deben resolverse en sucesión. Además, la DIAN exige revisar obligaciones de la sucesión ilíquida antes de liberar los fondos. Este control garantiza que se atiendan impuestos pendientes y que la adjudicación de bienes no se realice con cargas ocultas.
Documentos clave y tiempos: qué pide el banco
Para solicitar la entrega directa, se recomienda preparar un paquete con registro civil de defunción, prueba de parentesco, copias de cédula y una declaración extrajuicio. Esta última debe afirmar que no existe proceso de sucesión ni administrador de bienes designado. Cada banco puede requerir formularios propios, pero en general se rige por las reglas oficiales.

En cuanto a los plazos, si la solicitud cumple las condiciones, la entrega suele ser rápida. Cuando corresponde iniciar una sucesión, el tiempo depende de la complejidad de los inventarios, de la existencia de acuerdo entre los herederos y de los trámites ante notaría o juzgado. Actuar con agilidad ayuda a evitar costos adicionales y movimientos automáticos en la cuenta que compliquen la liquidación.









