

La Corte Suprema de Justicia redefinió el alcance del fuero de estabilidad laboral reforzada en Colombia y abrió un nuevo escenario para empresas y empleados que se acercan a la jubilación.
Con la sentencia SL-2600 de 2025, el alto tribunal extendió la protección a quienes ya cumplieron las semanas mínimas de cotización, pero están a menos de tres años de alcanzar la edad pensional.

Qué reconoce el fallo de la Corte Suprema sobre las pensiones
Hasta ahora, el criterio protegía principalmente a quienes no habían completado los aportes exigidos. Con este nuevo precedente, la cobertura se amplía y obliga a los empleadores a revisar con mayor rigor cualquier decisión de terminación de contrato en esta etapa crítica del trabajador.
El fallo reconoce que, aun con las semanas cotizadas, el empleado puede encontrarse en una condición de vulnerabilidad si su desvinculación afecta su tránsito hacia la pensión y compromete su mínimo vital. Por eso, la estabilidad laboral pre-pensional adquiere un alcance más amplio y exigente.
Qué deben verificar las empresas antes de despedir
El abogado Carlos Alberto Camargo Mejía, líder en Derecho Laboral y Seguridad Social de Scola Abogados, explicó a Infobae que el empleador tiene la obligación de evaluar cada caso de forma individual. Según detalló, se debe comprobar si el trabajador, pese a tener las semanas completas, está dentro de los tres años previos a la edad de retiro.

“El empleador debe verificar si el trabajador, aun habiendo completado las semanas de cotización, se encuentra dentro de los 3 años previos al cumplimiento de la edad pensional, y si su desvinculación lo expone a una situación objetiva de vulnerabilidad que afecte su mínimo vital y el tránsito digno hacia la pensión”, señaló a ese medio. Si no se cumple con este análisis, el despido podría ser declarado ineficaz.
Cuándo procede el despido y qué riesgos existen
La Corte dejó claro que esta protección no es absoluta, pero sí impone una carga probatoria estricta a la empresa antes de terminar el vínculo laboral.
- Si no existe una causa objetiva o disciplinaria debidamente probada, el despido puede ser anulado.
- El trabajador podría ser reintegrado y recibir salarios, prestaciones y aportes dejados de pagar.
- La indemnización por sí sola no garantiza la validez de la desvinculación.
- Solo una justa causa comprobada y documentada permite finalizar el contrato sin vulnerar el fuero.









