

Colombia Mayor, uno de los beneficios económicos estatales de mayor alcance en todo el país, continúa durante marzo de 2025. En este marco, el influencerWintor ABCdio a conocer cuál es el link al que debes acceder para percibir el subsidios. ¿Cuáles son los requisitos?
Colombia Mayorrepresenta una variante para las jubilaciones: tiene como objetivo alcanzar y ayudar a todos los adultos mayores que no perciban una pensión. Apunta, en este marco, a aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad y extrema pobreza.
Para percibir este ingreso deberás estar registrado en el sistema Sisbén IV. Se trata de una organización que estructura y divide las clases sociales según distintas categorías. De esta forma, el gobierno nacional se asegura que los subsidios lleguen a las personas correctas y que, además, ningún habitante percibe más de dos subsidios que son incompatibles entre sí.

Colombia Mayor: este es el link para cobrar el giro según Wintor ABC
Wintor ABC, el tiktoker e influencer que brinda información precisa sobre los subsidios en Colombia, da todos los detalles específicos sobre Colombia Mayor. Para enterarte, deberás entrar al link de su página web: https://wintorabc.com.co/. Allí encontrarás el link para acceder al subsidio y, además, los datos claves como el cronograma de pagos.
Como beneficiario de Colombia Mayor puedes también acceder a otras páginas para saber en detalle la información del cobro: tanto en la página oficial de Prosperidad Social como de Banco Agrario se publican actualizaciones importantes sobre la distribución. Si eres un beneficiario bancarizado, puedes consultar estas opciones.
¿Cuáles son los requisitos para acceder a Colombia Mayor?
El programa Colombia Mayor ofrece actualmente un ingreso complementario para los adultos mayores. El máximo requisito para cobrar este dinero es no contar con una pensión o con ingresos suficientes. Además, deberás cumplir con los siguientes puntos:

Ser colombiano.
Haber residido en el país durante los últimos 10 años.
Estar clasificado correctamente en el Sisbén IV.
Tener al menos tres años menos que la edad requerida para solicitar la pensión por vejez.










