- Qué trámite deben hacer los afiliados a Colpensiones y fondos privados
- Fecha límite para cambiar de fondo de pensión en Colombia
- Requisitos para trasladarse de régimen pensional
- Qué pasará después del plazo fijado por la ley
- Por qué sigue la incertidumbre sobre la reforma pensional
- Qué deben tener en cuenta los afiliados antes de decidir
La incertidumbre sobre el futuro del sistema pensional en Colombia se mantiene mientras la Corte Constitucional de Colombia analiza la reforma impulsada por el Gobierno. Aunque aún no hay un fallo definitivo sobre la Ley 2381 de 2024, algunas de sus disposiciones ya están teniendo efectos concretos en los afiliados.
En ese contexto, miles de cotizantes vinculados a Colpensiones y a fondos privados deberán tomar una decisión clave que impactará directamente en su futuro económico. Se trata de un trámite obligatorio que definirá en qué régimen permanecerán para su jubilación.
La medida tiene un plazo límite definido, lo que añade presión sobre quienes cumplen los requisitos exigidos por la ley. De no realizar el trámite antes de la fecha establecida, perderán la posibilidad de trasladarse entre regímenes, lo que convierte esta instancia en una de las más determinantes para su pensión.
Qué trámite deben hacer los afiliados a Colpensiones y fondos privados
Los afiliados a Colpensiones y a fondos privados de pensión tienen la posibilidad de trasladarse entre regímenes, pero solo si cumplen ciertos requisitos establecidos en la ley.
Esta opción se mantiene vigente gracias al artículo 76 de la reforma pensional (Ley 2381 de 2024), que sigue en aplicación pese a que la norma completa aún está bajo revisión judicial.
El trámite consiste en elegir si desean permanecer en su régimen actual o trasladarse a otro, ya sea público o privado, mediante el mecanismo de doble asesoría, una instancia obligatoria para tomar la decisión con información completa.
Fecha límite para cambiar de fondo de pensión en Colombia
El plazo para realizar este trámite no es indefinido. Los cotizantes tienen tiempo hasta el 16 de julio de 2026 para hacer el cambio de régimen.
Después de esa fecha, quienes cumplan las condiciones establecidas perderán la posibilidad de trasladarse, lo que convierte esta decisión en determinante para su futuro económico durante la vejez.
Requisitos para trasladarse de régimen pensional
La medida no aplica para todos los afiliados. Solo podrán acceder al traslado quienes cumplan con estas condiciones:
- Mujeres con 47 años o más y al menos 750 semanas cotizadas
- Hombres con 52 años o más y al menos 900 semanas cotizadas
Quienes encajen en estos criterios podrán elegir entre permanecer en el sistema público o cambiarse a fondos privados como Protección, Porvenir, Skandia o Colfondos, entre otros.
Qué pasará después del plazo fijado por la ley
Según lo establecido por las autoridades laborales, una vez vencido el plazo, las personas que superen la edad límite no podrán cambiarse de régimen, incluso si siguen bajo las condiciones de la Ley 100 de 1993.
Esto significa que la decisión que tomen antes de julio de 2026 será definitiva y tendrá impacto directo en el monto de su pensión y en las condiciones de retiro.
Por qué sigue la incertidumbre sobre la reforma pensional
El contexto de esta medida está marcado por la revisión de la reforma pensional por parte de la Corte Constitucional de Colombia.
El alto tribunal aún no ha emitido un fallo definitivo sobre la Ley 2381 de 2024, luego de que se cuestionaran posibles irregularidades en su trámite en el Congreso. A pesar de esto, permitió que algunos artículos, como el que regula los traslados, continúen vigentes de forma temporal.
Qué deben tener en cuenta los afiliados antes de decidir
Especialistas recomiendan que los cotizantes analicen su historial laboral, semanas aportadas, ingresos y expectativas de pensión antes de tomar una decisión.
El proceso de doble asesoría busca precisamente brindar esa información para evitar errores que puedan afectar el ingreso durante la jubilación.
Dado que el plazo ya está en cuenta regresiva, quienes cumplan los requisitos deberán actuar con anticipación para no perder la oportunidad de elegir el régimen que mejor se adapte a su situación.