

Los conductores mayores de 65 años en Colombia deben anticipar la renovación de su licencia de conducción. La normativa vigente estipula que es necesario presentar un examen en un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) autorizado, que valide la aptitud física, mental y de coordinación motriz.
En caso de que el certificado no se encuentre registrado en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), la autoridad competente no podrá proceder con la renovación del documento. Esta información es confirmada por las guías oficiales de la Alcaldía de Bogotá y la Ventanilla Única de Servicios, que también verifican el cumplimiento del requisito de estar a paz y salvo por infracciones.
Asimismo, el Ministerio de Transporte establece en la Resolución 217 de 2014 las directrices para la emisión de estos certificados de aptitud, así como los aspectos que se evalúan (visión, audición, coordinación motriz, condiciones físicas y mentales, entre otros). Esta exigencia es aplicable a todos los conductores y se vuelve especialmente relevante en etapas avanzadas de la vida debido a los períodos de validez más cortos.
Certificado en el RUNT: esencial para la renovación
Es fundamental tener en cuenta un aspecto operativo que a menudo se ignora: el certificado médico posee una vigencia máxima de 6 meses; si se permite que transcurra este periodo sin completar el trámite, será necesario repetir los exámenes.
Para llevar a cabo la renovación, la entidad de tránsito verifica en el RUNT que usted posea un certificado vigente del examen físico, mental y de coordinación motriz emitido por un CRC y registrado a través del sistema SICOV. En caso de que el certificado no esté cargado o haya expirado, la solicitud será denegada. Asimismo, es imperativo que esté inscrito en el RUNT, presente su documento y no tenga comparendos pendientes (o cuente con un acuerdo de pago).

¿Cada cuánto se renueva después de los 65 años y cuándo es anual?
Servicio público (C):
- Menores de 60 años: cada 3 años.
- Mayores de 60 años: anual.
- Menores de 60 años: cada 10 años.
- Entre 60 y 80 años: cada 5 años.
- Mayores de 80 años: anual.

Guía 2026 costos y pasos esenciales
- Agende su cita en la Ventanilla Única de Servicios (Bogotá) o en el organismo de tránsito de su municipio.
- Cancele los derechos del trámite.
- Realícese el examen en un CRC autorizado y confirme que el resultado quedó registrado en el RUNT.
- Verifique que no tenga multas pendientes.
¿Qué considera el examen médico y por qué pausamos la renovación?
En síntesis: para los mayores de 65 años, el “fin” de la licencia se produce cuando no se acredita la aptitud médica y el certificado no se registra en el RUNT. Con el examen vigente, la renovación continúa siendo factible dentro de los plazos establecidos por la normativa.
La Resolución 217 de 2014 establece el estándar técnico para las evaluaciones pertinentes y la expedición del certificado. El CRC verifica que el conductor mantenga condiciones físicas, mentales, sensoriales y de coordinación que sean compatibles con una conducción segura.
En caso de que el resultado sea no apto, el sistema no permitirá la renovación hasta que se cumplan las condiciones que el profesional indique, tales como tratamientos, ayudas visuales/auditivas u otras medidas.









