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Un fallo judicial en Colombia determinó el orden de los apellidos. Durante décadas, el apellido paterno tuvo prioridad, una regla que parecía natural pero que hoy está siendo cuestionada desde el derecho constitucional.
En este contexto, la decisión analizó si esa tradición responde a criterios legales válidos o si, por el contrario, refleja una desigualdad arraigada entre hombres y mujeres dentro de la estructura familiar.
El pronunciamiento no cambia automáticamente todas las normas vigentes, pero sí marca un punto clave y sienta jurisprudencia. La Corte reconoció que la prioridad del apellido del padre responde a patrones culturales, más que a una justificación constitucional sólida.
Fallo sobre apellidos en Colombia: qué dijo la Corte sobre madres e hijos
Un fallo de la Corte Constitucional en 2019 (Sentencia SU-696) advierte que la regla que impone primero el apellido paterno establece un trato desigual basado en el género, lo que la convierte en una medida cuestionable frente al principio de igualdad.
En ese sentido, se señala que esta práctica “privilegia el orden de los apellidos de los hijos, el apellido del padre, por encima de la madre”, sin una razón constitucional suficiente que la respalde.
Además, el fallo remarca que esta preferencia histórica está vinculada a prejuicios sociales que han otorgado mayor valor al apellido masculino, lo que refuerza una estructura desigual dentro de la familia.

La Corte también analizó experiencias internacionales y destacó que en varios países ya existe la posibilidad de que los padres acuerden el orden de los apellidos, sin imponer una jerarquía automática.
Apellido materno en Colombia: qué cambia
Uno de los puntos centrales del fallo es que reconoce que no existe una justificación válida para priorizar el apellido del padre.
En línea con esto, el documento plantea que debería permitirse que los padres puedan escoger libremente el orden de los apellidos al momento del registro, siempre bajo criterios de igualdad.
También se menciona que el derecho al nombre es fundamental y que no debería estar condicionado por normas que reproduzcan desigualdades históricas, especialmente cuando afectan a las mujeres dentro del núcleo familiar.
Es importante aclarar que, más allá de este fallo, el cambio concreto llegó después: en 2021, con la Ley 2129, que permitió que los padres elijan libremente el orden de los apellidos al registrar a sus hijos.
Claves del fallo sobre apellidos en Colombia
- Se cuestiona la prioridad automática del apellido paterno
- Se reconoce un posible trato desigual basado en el género
- Se plantea que los padres puedan elegir el orden de los apellidos
- El cambio definitivo depende de una ley del Congreso
- El fallo se apoya en el principio de igualdad y no discriminación
La decisión no elimina de inmediato el sistema actual, pero deja claro que el orden de los apellidos ya no puede justificarse solo por la tradición, sino que debe adaptarse a los principios de igualdad vigentes.











