

Los exportadores brasileños que contratan seguros de cambio para protegerse de las oscilaciones cambiarias tienen desde el 15 de septiembre un costo tributario más alto, con un Impuesto sobre Operaciones Financieras (IOF) de 1%.
El tributo se aplicó para desestimular el uso de derivados cambiarios con fines especulativos. La legislación que estableció la tributación prevé que los exportadores que utilicen seguros de cambio como forma de protección puedan compensar el tributo recogido, pero ese mecanismo no se reglamentó. En enero venció el plazo del primer pago del impuesto.
Por eso las empresas Voith Hydro y Voith Paper piden en la Justicia Federal en San Pablo una decisión que les permita realizar esa compensación. Cada una derivó a la acción judicial R$ 1,6 millones. El año pasado Voith Hydro entró en la lista de las 250 mayores exportadoras del país, con ventas por u$s 173,34 millones al exterior, según el ministerio de Desarrollo, Industria y Comercio Exterior (Mdic).
Rodrigo Branco, economista de la Fundación Centro de Estudios de Comercio Exterior (Funcex), dijo que la coyuntura favorece más demandas judiciales de parte de otros exportadores. Según la entidad, en 2012 el volumen de ventas crecerá 3%, con precios prácticamente estables, en comparación con el año pasado.
En ese escenario, con más cantidad vendida al exterior y sin suba de precios, al exportador le resultará más difícil repasar la presión de costos en los valores negociados. Sin poder hacer esa compensación con el precio, el exportador tiende a intentar eliminar los ítems que causan la pérdida de rentabilidad.
De acuerdo a la Funcex, los precios promedio de exportación cayeron 2,4% en enero, frente a diciembre, y subieron 3,4% en relación al mismo mes de 2011.
Los exportadores utilizaron más los seguros por la fuerte oscilación cambiaria, dijo José Augusto de Castro, presidente en ejercicio de la Asociación de Comercio Exterior de Brasil (AEB). Un IOF de 1% puede parecer poco, pero es un costo adicional que aumenta aún más la carga tributaria sobre el exportador cuando prefiere mantener la venta al exterior con el costo financiero de la contratación de un seguro de cambio. Recordó también que, en caso de reglamentarse, la posibilidad de compensación del IOF no representa un alivio tan grande. Será otro crédito tributario a favor del exportador, que ya tiene otros.
Los legisladores discutieron la creación de otro crédito tributario que grave al exportador. Cuando se negoció la conversión en ley del decreto que estableció el IOF sobre derivados, la Cámara de Diputados incluyó un artículo que permitía al exportador deducir el IOF pago en el seguro de cambio del IOF total que adeudaba el exportador. Eso permitía una especie de compensación del IOF sobre el seguro, aunque finalmente no sucedió. Pero el senador Blairo Maggi, relator del decreto en el Senado, divulgó un acuerdo por el cual el gobierno reglamentaría el tema y establecería específicamente al exportador alícuota cero del IOF.
Esa solución sería más interesante para el exportador porque evitaría el riesgo de una mayor acumulación de créditos tributarios.










