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Entrar a Estados Unidos sin necesidad de tramitar una visa es una posibilidad real para millones de personas alrededor del mundo.
Se trata del Programa de Exención de Visado (VWP), una política impulsada por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) que permite el ingreso temporal al país por turismo o negocios, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
Cómo funciona el Programa de Exención de Visado
El VWP autoriza a ciudadanos de determinados países a viajar a Estados Unidos por un máximo de 90 días sin pasar por el proceso de solicitud de una visa tradicional.
Sin embargo, antes de abordar el vuelo, los viajeros deben obtener una autorización electrónica (ESTA), un documento digital que confirma si la persona cumple con las condiciones del programa.

El trámite se realiza a través del sitio oficial del Departamento de Seguridad Nacional, donde se deben cargar los datos personales, el pasaporte digital y la información del viaje. La autorización ESTA cuesta 21 dólares, aunque si la solicitud es rechazada, el cobro será de solo 4 dólares.
Cuáles son los motivos válidos para ingresar bajo el VWP
El Programa de Exención de Visado está diseñado para viajes cortos por motivos específicos. Entre ellos:
- Turismo, visitas familiares, tratamientos médicos o asistencia a eventos culturales y deportivos.
- Negocios o educación, como asistir a conferencias, capacitaciones o cursos breves.
Por el contrario, el programa no cubre a quienes buscan trabajar, estudiar en una universidad, ejercer como periodistas o solicitar la residencia permanente.
Países elegibles para ingresar sin visa
Solo ciertos países forman parte del Programa de Exención de Visado, entre ellos España, Chile, Francia, Alemania, Italia, Japón, Corea del Sur, Reino Unido y Australia. En total, el listado incluye más de 40 naciones:
Andorra, Austria, Bélgica, Brunéi, Croacia, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Israel, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Países Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Polonia, Portugal, Catar, San Marino, Singapur, Eslovaquia, Eslovenia, Suecia, Suiza o Taiwán.
Casos que no califican para la exención
El Departamento de Seguridad Nacional establece que los ciudadanos de países del VWP no podrán participar del programa si han viajado a Corea del Norte, Irán, Irak, Libia, Somalia, Sudán, Siria o Yemen desde el 1 de marzo de 2011, salvo que lo hayan hecho con fines diplomáticos o militares.
Asimismo, quienes hayan estado en Cuba desde el 12 de enero de 2021 también pierden la elegibilidad, con las mismas excepciones limitadas.













