El Servicio de Impuestos Internos (IRS) advierte a todos los beneficiarios del Seguro Social sobre cómo podrían verse afectadas sus prestaciones en caso de tener deudas tributarias inconclusas y no comunicarse con el organismo para resolverlas.
Particularmente, la medida puede afectar a quienes reciben beneficios por jubilación y beneficios en concepto de sobreviviente, pudiéndose incautar hasta un 15% de su depósito mensual para saldar la deuda inconclusa.
Atención: IRS se quedará mes a mes con los beneficios del Seguro Social de quienes no respondan este aviso
De acuerdo con lo señalado por la agencia recaudadora en una publicación oficial, es a través del Programa Federal de Gravamen de Pagos (FPLP) que IRS puede recaudar el 15% de los beneficios mensuales de jubilados y sobrevivientes con el fin de saldar su obligación morosa.
Antes de efectuar esta medida, se envía una factura titulada Aviso Final de la Intención de Embargo y su Derecho a una Audiencia. Al recibirla, el contribuyente debe comunicarse de inmediato con la agencia para trabajar en un acuerdo de pagos que permita brindar una solución alternativa a la deuda.
"Si no tenemos noticias suyas, o si ya ha recibido este aviso, le enviaremos una notificación adicional CP 91 o CP 298, Aviso final antes del embargo de los beneficios del Seguro Social, explicando que sus beneficios del Seguro Social pueden ser cobrados", indica la agencia.
Desde ese momento, IRS fija un período de 30 días desde que se entrega el aviso para realizar arreglos con la agencia, de lo contario, comenzarán a embargarse el 15% de los beneficios mensuales del Seguro Social hasta que se salde la deuda.
Motivos por los que IRS podría liberar esta medida y no quedarse mes a mes con los beneficios del Seguro Social
El Código de Impuestos Internos (IRC) establece que debe levantarse esta medida cuando
- Se paga la totalidad de la deuda
- El período de cobro finaliza antes de que el embargo se emita
- La liberación del embargo ayuda al contribuyente a pagar sus impuestos
- Se firma un Plan de Pago a Plazos y las condiciones impiden que el embargo continúe
- El embargo crea una dificultar económica y debe liberarse porque impide al contribuyente saldar sus gastos básicos para la vida
- El embargo se emitió de forma indebida
"Si no responde a los avisos de cobro de IRS, y no trabaja con el IRS para resolver su deuda tributaria, el IRS puede embargar su propiedad. Aunque usted crea que no adeuda los impuestos citados, aún debe comunicarse con el IRS", afirma la agencia.