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El Servicio de Impuestos Internos (IRS) de Estados Unidos indica a las familias que hayan adoptado que existe un crédito fiscal que podrían reclamar en su declaración de impuestos correspondiente a 2025, si se consideran elegibles.

Se trata el Crédito de Adopción y, aunque el monto total puede alcanzar los 17,280 dólares, sólo 5,000 de ellos tienen posibilidad de ser reembolsados por la agencia.

Es importante considerar que la porción no reembolsable solo sirve para reducir el impuesto adeudado y no genera un pago adicional. Si el contribuyente no puede usar todo ese crédito en el año en curso, tiene la opción de trasladarlo hasta por cinco años; sin embargo, cualquier saldo no utilizado después de ese plazo se pierde.

Quiénes son elegibles para reclamar este crédito en su declaración de impuestos

De acuerdo con lo indicado por las autoridades, para ser elegible es necesario

  • Tener un ingreso bruto ajustado modificado (MAGI) de 259,190 dólares o menos en 2025. Si el ingreso es mayor se reducirá el dinero. Si se alcanzan o superan los 299,190 dólares, se pierde la elegibilidad.
  • Presentar en conjunto si se está casado.
  • Tener a su cargo un niño elegible, es decir, menor de 18 años o incapaz de cuidarse a sí mismo por incapacidad física o mental.

Quienes deseen verificar rigurosamente califican para este crédito podrán hacerlo clicando aquí.

El crédito permite reembolsar hasta 5,000 dólares a quienes cumplan con los requisitos de elegibilidad. Fuente: archivo.

Qué tipos de gastos se pueden reclamar en este crédito

La agencia permite incluir cualquier gasto razonable que haya significado la adopción como

  • Honorarios de abogados
  • Costas judiciales
  • Gastos de viaje, así como también comida y alojamiento
  • Gastos como las tasas de estudio domiciliario
  • Tasas de adopción

Para realizar esta reclamación es necesario presentar el Formulario 8839, adjunto a la declaración de impuestos.