El Servicio de Impuestos Internos (IRS) es el ente encargado de recaudación federal y está autorizado a tomar medidas como la incautación de bienes, incluso cuando están vinculados a una herencia, cuando se dan existen obligaciones fiscales pendientes.
A pesar de que es una acción posible, no se trata de un procedimiento automático y el organismo debe seguir una serie de pasos antes de dar esta orden. Esta medida puede variar dependiendo de quien tenga la deuda impositiva y del estado en el que se encuentre el proceso de sucesión.
En este sentido, tanto los impuestos pendientes del fallecido como los del heredero pueden habilitar al organismo recaudador a actuar sobre los bienes heredados.
IRS bloquea cuentas bancarias y embarga los bienes de estas personas: ¿En qué situaciones el Gobierno puede intervenir una herencia?
El organismo fiscal puede ordenar el embargo sobre una herencia cuando existen deudas fiscales pendientes del fallecido o de la persona que hereda. No obstante, existe un paso que no se debe olvidar para evitar este tipo de sanciones.
Cuando una persona muere, sus bienes pasan a formar parte del patrimonio, y ese patrimonio debe saldar impuestos antes de distribuirse.
Si hay montos impagos, el IRS puede:
- Reclamar el pago desde la herencia.
- Exigir que el representante legal regularice la situación.
- Imponer gravámenes sobre los bienes del patrimonio.
La importancia de la Declaración final de Impuestos: ¿Quién debe presentarla?
El paso clave es presentar la declaración final de impuestos del fallecido. Este trámite es obligatorio y debe incluir:
- Todos los ingresos hasta la fecha de muerte.
- Declaraciones de años anteriores si faltaban.
- Pago de cualquier deuda pendiente o solicitud de reembolso.
La responsabilidad recae en el cónyuge sobreviviente o el representante del patrimonio. Adicionalmente, si los bienes del patrimonio generan ingresos tales como alquileres, inversiones, y otras, también puede ser necesario presentar una declaración adicional del patrimonio a través del Formulario 1041.