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El Internal Revenue Service (IRS) cuenta con mecanismos legales para cobrar deudas tributarias impagas y, en determinados casos, puede avanzar sobre cuentas bancarias, ingresos, vehículos y propiedades de los contribuyentes que no regularicen su situación.

Aunque el procedimiento puede afectar a personas que viven en estados como Nueva York, California y Texas, no se trata de una medida exclusiva de esas jurisdicciones.

El mecanismo forma parte del sistema federal de cobro de impuestos y puede aplicarse a cualquier contribuyente que tenga obligaciones pendientes ante el organismo.

Qué ocurre cuando una deuda con el IRS permanece impaga

Según la información oficial del IRS, cuando un contribuyente no paga sus impuestos a tiempo y tampoco informa al organismo por qué no puede hacerlo, pueden comenzar diferentes acciones de cobro.

El proceso puede incluir avisos de pago, penalidades e intereses y, si la deuda continúa sin resolverse, medidas de cobro forzoso. Entre ellas se encuentra el denominado levy, que permite al IRS tomar legalmente determinados bienes o fondos para cubrir una deuda tributaria.

Por eso, recibir un aviso oficial del IRS no debería ser ignorado. La agencia recomienda que los contribuyentes que no pueden pagar se comuniquen con el organismo para conocer las alternativas disponibles.

Qué puede embargar el IRS

El IRS explica que un levy puede utilizarse para cobrar una deuda tributaria y puede alcanzar diferentes tipos de activos.

Entre las posibilidades se encuentran:

  • Cuentas bancarias y otros fondos financieros.
  • Salarios e ingresos.
  • Vehículos.
  • Propiedades inmobiliarias.
  • Otros bienes personales que puedan utilizarse para satisfacer la deuda.

En el caso específico de las cuentas bancarias, cuando el IRS emite un embargo contra una entidad financiera, los fondos pueden quedar retenidos y, después de un período establecido, ser enviados al organismo para cubrir la deuda. El IRS señala que, en este procedimiento, los fondos retenidos se envían después de 21 días.

El procedimiento de embargo federal puede afectar todo tipo de bienes.
El procedimiento de embargo federal puede afectar todo tipo de bienes.

Nueva York, California y Texas: por qué aparecen estos estados

Los contribuyentes de Nueva York, California y Texas también están alcanzados por estas reglas porque se trata de un procedimiento correspondiente a la administración de los impuestos federales.

Esto significa que no existe una norma especial que ordene al IRS embargar las cuentas o propiedades de todos los habitantes de esos tres estados. La diferencia es importante: la posibilidad de un embargo depende de la existencia de una deuda tributaria y de que el caso avance dentro del proceso de cobro establecido por el organismo.

En otras palabras, una persona que vive en California, Texas o Nueva York no pierde automáticamente su cuenta bancaria, vehículo o vivienda por recibir un aviso del IRS. El embargo es una herramienta de cobro forzoso que puede utilizarse cuando existen impuestos adeudados y el contribuyente no resuelve la situación.

El aviso que no conviene ignorar

Uno de los documentos más importantes dentro de este proceso es el Final Notice of Intent to Levy and Notice of Your Right to a Hearing, es decir, el aviso final de intención de embargo y de los derechos del contribuyente a solicitar una audiencia.

El propio IRS indica que quienes reciben este aviso deben comunicarse con la agencia inmediatamente.

El objetivo de esta comunicación es permitir que el contribuyente conozca el estado de su deuda y las alternativas disponibles antes de que avance una medida de cobro.

Qué opciones existen si una persona no puede pagar

Tener una deuda con el IRS no significa necesariamente que la única alternativa sea pagar todo el monto de inmediato.

La agencia contempla diferentes mecanismos para determinados contribuyentes, entre ellos planes de pago en cuotas, acuerdos de pago y Offers in Compromise, mediante los cuales algunas personas pueden intentar resolver una deuda por un monto inferior al total cuando cumplen con los requisitos correspondientes.

También existe la posibilidad de solicitar un aplazamiento temporal del cobro cuando el contribuyente demuestra que no puede afrontar la deuda en ese momento.