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El Poder Ejecutivo reglamentó, a través de un decreto, el régimen especial para la frontera con Brasil que establece ventajas fiscales y tributarias que comenzarán a regir el 1° de diciembre en las localidades de Chuy, Río Branco, Aceguá, Rivera, Artigas y Bella Unión.

Esta ley fue aprobada en agosto por el Parlamento y le otorgó al gobierno la facultad de definir cómo y dónde aplicar las medidas destinadas para mitigar la diferencia de precios con los países vecinos. Ahora, el gobierno emitió un decreto que estableció los detalles operativos que las empresas deberán cumplir para acceder a los incentivos.

El gobierno apostó a este paquete de incentivos para frenar la migración de compras hacia Brasil, especialmente en las ciudades fronterizas que han sufrido una pérdida sostenida de actividad comercial debido a la diferencia de precios con el país vecino.

Para acceder a estos beneficios, los comercios deberán estar dentro de un radio de 60 kilómetros de los pasos de frontera autorizados, y las operaciones de importación deberán ingresar al territorio aduanero únicamente por el paso de frontera correspondiente a la localidad del establecimiento comercial.

El principal beneficio habilita a las micro, pequeñas y medianas empresas del comercio minorista a importar definitivamente determinadas mercaderías exentas del pago de todo tributo y paratributo, incluidos el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto Específico Interno (IMESI), con un procedimiento aduanero simplificado.

Las mercaderías incluidas en el régimen son: porotos, lentejas, cocoa en polvo, café, fideos y pastas secas, galletitas dulces, galletas y galletitas saladas, yerba mate, pasta de dientes, desodorantes y antitranspirantes, champú y jabón de tocador.

“Las mercaderías a ser importadas bajo este régimen especial deberán ser nuevas, sin uso, secas y acondicionadas para la venta al por menor sin sufrir reacondicionamientos”, establece el decreto.

Límites según ingresos anuales

  1. Empresas con ingresos hasta 305 mil Unidades Indexadas al 31 de diciembre de 2024 podrán importar en este régimen hasta 617 mil pesos anuales, con un límite mensual de 62 mil pesos.
  2. Empresas con ingresos hasta 9,3 millones de pesos podrán importar hasta 2,2 millones de pesos anuales, con un límite mensual del 10% de ese monto (220 mil pesos).
  3. Empresas con ingresos hasta 21,5 millones de pesos anuales podrán importar hasta 3,7 millones de pesos, con el mismo límite mensual del 10%.

Exoneración de aportes patronales

El decreto también establece una exoneración del 75% de los aportes patronales a la seguridad social para nuevos trabajadores en empresas cuyo giro principal sea industria manufacturera, comercio al por menor, minería, alojamiento y servicios de comida, actividades administrativas, artes, entretenimiento y recreación, u otras actividades de servicio.

Este beneficio aplica sólo para nuevos trabajadores, siempre y cuando la plantilla total sea superior a la del semestre inmediato anterior a la entrada en vigencia de los beneficios.

En caso de que la empresa cuente con más de un local, “el aumento de trabajadores deberá verificarse tanto respecto del total de dependientes de la empresa como de los correspondientes a los locales que se encuentren dentro de las zonas geográficas definidas, siempre que los nuevos trabajadores estén afectados exclusivamente a dichos locales”, señala el decreto.

La baja del IVA

Otro beneficio es la reducción del IVA, con 10 puntos porcentuales para enajenaciones de bienes gravados a la tasa mínima y 11 puntos porcentuales para enajenaciones de bienes gravados a la tasa básica.

En este caso, los comercios deben estar a menos de 20 kilómetros del paso de frontera para que aplique el beneficio. Las compras no pueden ser por más de 2 mil Unidades Indexadas (unos 13 mil pesos), la entrega y el pago de bienes debe realizarse en el propio local, y los clientes deben ser consumidores finales. En el mes, las operaciones no pueden superar 65 mil pesos por comercio.

También incluye un subsidio del 100% para la adquisición de terminales de punto de venta (POS) para aquellos comercios que estén a menos de 20 kilómetros de los pasos de frontera con Brasil, hasta el 31 de diciembre de 2026. La idea es formalizar las transacciones y facilitar el control tributario en la zona fronteriza