En esta noticia
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal anuló el sobreseimiento a los directores de la cadena de heladeríasGrido y, en consecuencia, decidió que deberán enfrentar un juicio oral por el delito de "asociación ilícita fiscal".
Los acusados son Oscar Lucas Santiago, fundador de la empresa, y sus hijos Lucas y Sebastián Oscar, directores de Helacor, la razón social detrás de la popular marca, la mayor cadena de heladerías de la Argentina y la tercera del planeta.
La decisión revirtió una resolución del Tribunal Oral Federal 2(TOF 2) de Córdoba, que el 16 de agosto del año pasado había declarado extinguida la acción penal contra los imputados y, por ello, decidió sus sobreseimientos. Argumentó, en ese fallo, la aplicación retroactiva de la Ley de Blanqueo (27.743) y su decreto reglamentario (608/2024), a los que consideró como "la ley penal más benigna". Hizo caso a la defensa de los Santiago, según publicó el diario Perfil.
De qué delito había acusado la AFIP a los dueños de Grido
La causa se había iniciado en 2012. La entonces Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), realizó una investigación sobre la cadena, que derivó en 18 allanamientos ordenados por la Justicia Federal.
En esos operativos, realizados en Córdoba, San Juan, Mendoza, Salta y Jujuy, se secuestró documentación que probaría maniobras de una presunta asociación ilícita para evadir más de $ 200 millones de entonces (más de u$s 30 millones al tipo de cambio oficial de entonces).
Según la denuncia, las maniobras de la empresa "tendían a evitar fraudulentamente el pago de impuestos nacionales mediante la comercialización marginal de helados a gran escala, a través de un sistema ideado, implementado, ejecutado y controlado por los directivos, llamado 'operaciones W', en el que estarían implicados contadores y abogados cercanos a la empresa".
"El fraude", dijo la entonces AFIP, "consistía en introducir la marca en nuevos mercados, instalando las primeras heladerías a nombre de personas físicas de confianza de los directivos o de sociedades integradas por los mismos junto a terceros leales a ellos".
"Luego, transferían el fondo de comercio (bienes de cambio, bienes de uso, instalaciones y un valor llave de negocio), fijaban el valor real en un boleto de compraventa y facturaban sólo el 10% del precio, como valor llave, que está exento de IVA a fin de evadir el impuesto", agregó.
En ese momento, Grido tenía más de 1000 sucursales en todo el país; la mayoría, a través del sistema de franquicias.
"Para llevar a cabo esta maniobra de evasión, fue necesaria la connivencia de los centenares de franquiciados que participaron alentados por el descuento del 10% que realizaba la empresa por las 'compras W'", completó.
La operatoria permitió que esa mercadería "comprada en negro mediante el sistema W" sea luego vendida, también marginalmente, al consumidor final.
"Esto representa un menor costo impositivo y, en consecuencia, una mayor rentabilidad para los franquiciados, quienes se beneficiaron económicamente dejando de pagar sus obligaciones tributarias", señaló.
En ese momento, denunció el ente recaudador, la facturación de Grido era de $ 150 millones anuales y estimó que las ventas en negro fueron alrededor del 50% del total.
Las maniobras se produjeron entre fines de 2007 y mayo de 2012. Ameritaron la carátula de "asociación ilícita fiscal".
Un sobreseimiento por el blanqueo de Milei
En el fallo del año pasado que sobreseyó a los Santiago, el TOF 2 consideró que la Ley de Blanqueo que impulsó el Gobierno de Javier Milei contemplaba ese delito. Los dueños de Grido ya se habían resguardado previamente en otra ley, la 26.680, de regularización de deudas con el Estado (sancionada durante el mandato de Alberto Fernández) y depositaron u$s 2 millones ante la AFIP por "estimación de ventas omitidas".
El nuevo fallo de la Cámara de Casación se produjo luego de que el fiscal general Carlos Gonella interpusiera un recurso contra el sobreseimiento. Sostuvo que la Ley 27.743 no incluye expresamente el delito de asociación ilícita fiscal y que su mención en el decreto reglamentario constituía una "injerencia indebida e inconstitucional" del Poder Ejecutivo. Agregó que ese tipo penal no tiene un contenido patrimonial determinado que pueda ser "cancelado" como una obligación dineraria.
La mayoría de la Sala IV, integrada por los jueces Gustavo Hornos y Javier Carbajo, adhirió a la postura del fiscal. En su voto, Hornos subrayó que las leyes previas de amnistía fiscal siempre habían excluido ese delito, entre otras consideraciones con las que revirtió el fallo del TOF 2.
En tal sentido, aseguró que la conducta de los Santiago fue la de organizar una asociación para cometer ilícitos fiscales de forma "habitual" e "indeterminada", y no sólo evadir impuestos. En consecuencia, el pago de los u$s 2 millones bajo la Ley 26.860 no cubre a "conducta que, en el caso, no presenta un claro y determinado contenido patrimonial susceptible de cancelación".
Además, no se demostró la "cancelación total" de todas las obligaciones vinculadas a la actuación de la organización criminosa.
Fundada en 2000, Helacor, franquiciante de las marcas Grido y Vía Bana, es el mayor productor de helados de la Argentina. Tiene una fábrica en el Parque Industrial Ferreyra, de Córdoba, que elabora 90 millones de kilos anuales. Cuenta, además, con una red con más de 2000 franquicias Grido, distribuidas en la Argentina, Chile, Uruguay, Paraguay y Perú, 70 franquicias de Vía Bana y exporta sus productos a Bolivia.
Además de mayor cadena de la Argentina, la marca Grido es la tercera de comercialización de helados a nivel mundial. En 2014, ingresó al mercado de congelados, con la marca Frizzio. Este año, inauguró en Córdoba su primer local de atención autónoma -es decir, sin personas- en el interior, luego de su experiencia inicial en la Ciudad de Buenos Aires.
El año pasado, Santiago padre se había expresado con elogios hacia la gestión de Milei. "Yo estoy entusiasmadísimo y esperanzadísimo de que esto llegue a buen final", declaró, durante su participación en el podcast La Fábrica.
"Milei, a veces, se piensa que es un genio o es un loco. Cada vez, me inclino a que es un genio", agregó.
El fundador de Grido hizo la declaración en junio, dos meses antes del sobreseimiento que fue revocado en las últimas horas.