

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que implementará medidas estrictas contra los contribuyentes que efectúen depósitos considerados irregulares por la autoridad fiscal.
Entre las medidas sobresalen el cierre temporal de cuentas bancarias, el congelamiento de fondos y las auditorías. A continuación, te contamos todo al respecto.
¿Cuándo y por qué el SAT puede congelar tu cuenta bancaria?
En México, el SAT puede congelar cuentas bancarias cuando un contribuyente mantiene adeudos fiscales pendientes y no regulariza su situación ante la autoridad. Esta medida se aplica en los siguientes casos:
Falta de pago de impuestos dentro del plazo establecido.
Omisión en la presentación de declaraciones fiscales, ya sean mensuales o anuales.
No interponer medios de defensa cuando se tiene un crédito fiscal firme o no ofrecer garantías suficientes para cubrir el monto de la deuda.
Irregularidades detectadas en la declaración de ingresos o movimientos bancarios que no corresponden con lo declarado.
Uso de facturas falsas, simulación fiscal o actividades inexistentes.

Cuando esto sucede, el organismo tributario solicita a los bancos congelar las cuentas, lo que impide realizar movimientos como transferencias electrónicas, depósitos o retiros de efectivo, ya sea en ventanillas o cajeros automáticos.
La restricción se mantiene hasta que el contribuyente regularice su situación fiscal, ya sea pagando la deuda pendiente o presentando garantías consideradas adecuadas por la autoridad.
Cómo saber si estás en la lista negra del SAT
- La notificación del SAT sobre el congelamiento de cuentas llega principalmente a través del Buzón Tributario o del correo electrónico registrado ante la autoridad fiscal.
- También puede realizarse una notificación presencial en el domicilio del contribuyente por un funcionario del organismo tributario.
- Si no es posible entregar la notificación personalmente, se publica mediante estrados, que son avisos oficiales en lugares públicos.
- Una vez emitido el aviso, el SAT instruye a los bancos a bloquear la cuenta por el monto equivalente a la deuda fiscal pendiente, incluyendo recargos, multas y gastos de ejecución.
- El contribuyente no puede disponer de los fondos hasta que pague la deuda o presente garantías aceptadas por la autoridad.
Cómo recuperar el acceso a tus fondos bloqueados
Para reactivar unacuenta bancaria bloqueada por el SAT, el contribuyente debe pagar la totalidad de la deuda fiscal o acordar un plan de pagos con la autoridad. Otra opción es presentar garantías equivalentes al monto reclamado.
Entre las garantías aceptadas se incluyen cartas de crédito, prendas, hipotecas, fianzas o títulos de valor, con el objetivo de asegurar el cobro del adeudo mientras se regulariza la situación fiscal del contribuyente.
Este procedimiento está respaldado por el artículo 156-Bis del Código Fiscal de la Federación, que faculta al SAT a inmovilizar cuentas bancarias sin necesidad de un juicio previo, siempre que se trate de créditos fiscales firmes y exigibles.














