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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha implementado un cargo adicional para todos los cuentahabientes de México que superen los límites establecidos en los depósitos de efectivo. Se informa a los clientes de las diversas entidades bancarias que, al realizar este tipo de transacciones sin respetar los topes fijados, deberán abonar un impuesto específico.

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El organismo recaudador anunció que cobrará una comisión a los cuentahabientes que pertenezcan a esta categoría. Fuente: archivo.

¿Cuál es la razón del impuesto del SAT a los cuentahabientes?

En línea con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), el SAT tiene como propósito asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de todos los contribuyentes. Para ello, dispone de diversos mecanismos destinados a identificar cualquier tipo de inconsistencia en las declaraciones de impuestos.

De acuerdo con las normas que rigen al organismo recaudador, el objetivo de establecer un límite en la cantidad de efectivo que se puede depositar en una cuenta está vinculado a la promoción de la transparencia fiscal y a la prevención de posibles irregularidades financieras.

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Es oficial: el SAT inspeccionará casa por casa a los jubilados y pensionados que no hagan este trámite obligatorio.

¿Qué cantidad de depósitos se puede realizar sin incurrir en impuestos?

El SAT establece un límite en el monto de efectivo que se puede depositar en una cuenta bancaria. Aquellos que deseen evitar recargos no deben exceder los 15,000 pesos al realizar esta operación.Para evitar sanciones, los clientes de bancos deben prestar especial atención a la cantidad de efectivo que depositan.

Si superan los 15,000 pesos, deberán abonar un recargo equivalente al 3% del monto excedente.La normativa que rige la entidad tributaria de México se centra exclusivamente en los depósitos, dado que la verificación del origen de esos fondos puede presentar complejidades. Un ejemplo de ello es que, si una persona deposita 26,000 pesos en un mismo mes, el monto que excede el límite asciende a los 11,000 pesos.

Con el gravamen aplicado, el adicional que deberán abonar los cuentahabientes es de 330 pesos.Esta medida no se aplica a las transferencias electrónicas, como las que se realizan a través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI) o Transferencia Electrónica de Fondos (TEF), ya que estos movimientos pueden rastrearse con facilidad.

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