

Si estás por tramitar el Consular Report of Birth Abroad o CRBA para tu hijo, el Gobierno de Estados Unidos exige acreditar dos puntos clave. "Debes demostrar tu relación biológica con el menor y tu presencia física en EE.UU. antes del nacimiento", así lo detalló la Embajada en México a través de sus canales oficiales.
La presencia física no se refiere solo a haber tenido documentos migratorios o una nacionalidad, según el reporte oficial publicado en el The Consular Report of Birth Abroad and Proving Physical Presence, "En general, la ‘presencia física' se cuenta como el tiempo que efectivamente estuviste dentro de las fronteras de los Estados Unidos antes del nacimiento del menor", señala la guía oficial publicada por el Departamento de Estado.

Además, se dejó claro que "no importa si la estadía fue legal o ilegal, ni si eras ciudadano o visitante", lo que amplía las posibilidades para quienes han vivido períodos intermitentes en EE.UU. Pero deberán respaldar cada estancia con documentos válidos y detallados que comprueben su paso por el país.
¿Cómo demostrar que estuviste físicamente en EE.UU. según CRBA?
Los solicitantes deben aportar pruebas fehacientes de su presencia física en Estados Unidos antes del nacimiento del menor. Este criterio es ineludible para acceder al CRBA. Las visitas de cualquier duración, incluso breves, son consideradas válidas.
"Usualmente, la presencia física no necesita ser continua, y las visitas de cualquier duración cuentan", afirmó el instructivo consular. Entre los documentos aceptados se encuentran:
- Transcripciones escolares oficiales.
- Formularios W-2 y cartas de recursos humanos.
- Pasaportes con entradas y salidas de EE.UU.
- Registros militares de servicio honorable (como DD-214).
- Estados bancarios o de tarjetas que muestren actividad en EE.UU.
- Registros médicos que indiquen tratamiento en territorio estadounidense.
- Entradas y salidas de CBP obtenidas por FOIA.
¿Qué documentos NO sirven para comprobar la presencia?
Aunque pueden parecer suficientes, muchos documentos no cumplen con los criterios de prueba requeridos para demostrar que alguien estuvo físicamente en EE.UU.
- Licencias de conducir estadounidenses.
- Diplomas sin transcripciones escolares.
- Contratos de renta o hipotecas sin movimientos personales comprobables.
- Registros de redes sociales.
- Declaraciones de impuestos sin sustento documental (como W-2s o recibos).
- Extractos financieros que no indiquen ubicación geográfica en EE.UU.
"General financial statements that do not show your U.S. location (...) do not show that you were physically present," aclara el aviso.

¿Qué se entiende por relación biológica con el menor?
Además de probar tu presencia en EE.UU., es obligatorio acreditar la relación biológica con el hijo o hija. Esto aplica incluso si uno de los padres es ciudadano estadounidense de nacimiento.
Los documentos pueden variar según el caso, pero generalmente se requiere son los siguientes:
- Certificado de nacimiento donde consten ambos padres.
- Pruebas de ADN en casos en que se requiera confirmación.
- Registros prenatales o fotografías del embarazo como complemento.
Este paso es esencial porque, como indica el sitio oficial, "you must show your biological relationship with the child" (debes demostrar tu relación biológica con el menor).

¿Dónde se tramita el CRBA y qué recursos están disponibles?
El trámite se realiza en el consulado o embajada más cercana, mediante cita previa. En México, la Embajada de EE.UU. sugiere revisar primero la lista de verificación y ver los videos explicativos. Puedes acceder a los recursos oficiales en los siguientes links ofrecidos por la Embajada de Estados Unidos en México.
- Lista de verificación
- Video en YouTube
- Explicación en Facebook
La preparación previa es fundamental, ya que cualquier omisión documental puede frenar el proceso o derivar en una solicitud denegada por CRBA. ¿Te gustaría que resuma esto también en una infografía paso a paso?














