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Durante 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) estará habilitado para llevar a cabo visitas de verificación sin previo aviso en domicilios particulares, pequeños negocios y empresas. En estos operativos podrá realizar auditorías de forma inmediata, acompañado por personal jurídico y equipos destinados al registro audiovisual de las inspecciones.
Estas verificaciones van más allá de las revisiones administrativas tradicionales. Cada diligencia podría derivar en un procedimiento con implicaciones legales e incluso penales, ya que su objetivo es identificar posibles casos de evasión fiscal, el uso de comprobantes apócrifos y corroborar que los ingresos, ventas y servicios declarados correspondan efectivamente a actividades reales.
En este escenario, el Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM) explicó que la autoridad fiscal contará con facultades para registrar las diligencias mediante grabaciones de audio y video, con el objetivo de generar evidencia directa durante los procesos de inspección.
Este material podrá emplearse en procedimientos contra contribuyentes que incurran en evasión fiscal, compañías vinculadas con la emisión de facturas apócrifas y también contra clientes o proveedores relacionados.
Auditorías del SAT: qué son y cómo funcionan
La fracción IX del artículo 29-A establece que individuos y entidades tienen la responsabilidad de evidenciar que las transacciones reportadas efectivamente existen y están respaldadas por actos jurídicos legítimos. Además, indica que los comprobantes fiscales que no cumplan con tales condiciones serán considerados como carentes de sustancia económica, lo que permitirá la realización de auditorías a corto plazo por parte de la autoridad fiscal.
El artículo 49 Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que las visitas domiciliarias podrán llevarse a cabo si ciertos Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) presentan irregularidades o no cuentan con el respaldo suficiente para validar una transacción legítima.
Salvador Rotter Aubanel, integrante de la Comisión de Desarrollo de Investigación Fiscal del CCPM, ha indicado que estas auditorías exprés son consecuencia de la reforma a los artículos 29-A, fracción IX y 49 Bis del CFF, disposiciones que entrarán en vigor en 2026.
¿Dónde realiza el SAT las visitas domiciliarias?
Una vez en el lugar, los inspectores podrán iniciar de manera inmediata el registro fotográfico y las grabaciones de audio y video como parte de la diligencia. Paralelamente, deberán notificar la orden de verificación al contribuyente, a su representante legal, al responsable del establecimiento o, en su caso, a la persona que se encuentre a cargo del inmueble al momento de la visita.
Las verificaciones podrán realizarse en los siguientes lugares:
- Domicilio fiscal
- Sucursales
- Oficinas
- Bodegas
- Almacenes
- Locales comerciales
- Puestos fijos o semifijos en la vía pública
- Cualquier lugar donde se desarrollen las actividades o se presten los servicios amparados por las facturas
Objetivos de las auditorías del SAT
La materialidad implica demostrar que un servicio se prestó efectivamente o que una mercancía existió, ingresó al inventario y fue comercializada. La trazabilidad, por su parte, permite seguir el historial completo de la operación, identificando quién vendió, recibió, entregó o suministró los bienes o insumos involucrados.
Para realizar estas auditorías, el SAT aplicará los criterios de materialidad y trazabilidad. El objetivo es verificar que las operaciones respaldadas por CFDI realmente existieron y cuenten con evidencia suficiente, como contratos, documentos y registros.