

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha puesto en marcha un esquema intensivo de fiscalización individualizada sobre cada contribuyente del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Esta revisión profunda busca identificar a las personas físicas que aprovechan indebidamente las tasas reducidas de Impuesto Sobre la Renta (ISR) incumpliendo las reglas de permanencia.
Cometer infracciones graves activa inmediatamente el proceso de baja del esquema tributario, trasladando al pagador de impuestos al Régimen General con sus respectivas implicaciones retroactivas. Si formas parte de este sector, resulta urgente verificar tu estatus actual, mantener al día la contabilidad y cumplir cada requerimiento para evitar auditorías sorpresivas.

Infracciones graves que provocan la expulsión inmediata del RESICO
Existen motivos determinantes previstos en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) que invalidan el derecho de tributar en este beneficio fiscal simplificado:
- Superar el límite de ingresos: rebasar el tope legal de $3,500,000 MXN facturados o cobrados durante el ejercicio fiscal vigente (Ley del ISR, Artículo 113-E).
- Incompatibilidad de actividades económicas: percibir ingresos por conceptos no autorizados, como ser socio o accionista de personas morales, o cobrar honorarios como miembro de consejos directivos (Ley del ISR, Artículo 113-E).
- Cambio de residencia fiscal: modificar el domicilio tributario para convertirse en residente fiscal en el extranjero o tributar bajo regímenes fiscales preferentes (Ley del ISR, Artículo 113-E).
- Omisión recurrente en pagos: acumular la falta de tres o más pagos mensuales en un mismo año (Ley del ISR, Artículo 113-I).
Procedimiento administrativo y la postura de la SCJN
El SAT aplica la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para reubicar de oficio a los contribuyentes sancionados en el Régimen General de Actividades Empresariales y Profesionales.
Un fallo del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la expulsión del RESICO se concreta legalmente en el instante preciso en que se genera la infracción.
Por lo tanto, el aviso o notificación emitida mediante el Buzón Tributario solo tiene carácter informativo respecto a un hecho ya consumado.

Consecuencias financieras de perder el régimen preferencial
La salida del esquema tributario simplificado impacta directamente la liquidez del negocio o profesional:
- Reclasificación tributaria: implica pasar de pagar una tasa del 1% al 2.5% de ISR a la tarifa progresiva del Régimen General, la cual alcanza hasta un 35%.
- Ajuste retroactivo: obliga a recalcular el ISR acumulado desde el inicio del ejercicio fiscal.
- Acreditamiento de pagos: los montos aportados en RESICO se restan del cálculo provisional para determinar las diferencias a liquidar.
Medios de defensa y apoyo de la PRODECON
Si la baja por parte de la autoridad fiscal se debió a un error de clasificación o inconsistencia del sistema, el contribuyente cuenta con herramientas jurídicas para defenderse.
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) brinda asesoría legal para interponer un Recurso de Revocación en los siguientes 30 días hábiles o presentar un Juicio de Nulidad. Además, es recomendable atender la regularización fiscal del SAT para mitigar posibles recargos y multas acumuladas.













