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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha ratificado un significativo avance en los derechos de la infancia y la juventud en México. Este tribunal supremo del país ha establecido que el derecho a recibir una pensión alimenticia es irrenunciable y, además, retroactivo.
Esto implica que, independientemente del tiempo transcurrido: si un padre o madre no cumplió con su obligación económica en el pasado, la deuda permanece vigente y puede ser exigida legalmente en la actualidad.

Novedades para los deudores alimentarios
Este fallo establece una “mano dura” contra quienes omitieron sus responsabilidades, permitiendo que incluso hijos que ya son adultos puedan demandar el pago de las mensualidades que nunca recibieron durante su niñez y adolescencia. La justicia mexicana busca con esto resarcir el daño económico y social que sufren las familias monoparentales.
La decisión de los ministros es clara: el interés superior del menor prevalece sobre cualquier argumento de prescripción. Anteriormente, muchos deudores asumían que, al cumplir el hijo la mayoría de edad o al pasar ciertos años, la obligación de pago “vencía”. Sin embargo, la SCJN determinó que el derecho a los alimentos no caduca con el tiempo.
Pagos retroactivos: lo que los padres necesitan saber
Es esencial comprender que la cuota alimentaria en México abarca más que solo la alimentación. De acuerdo con el criterio establecido por la Corte, el monto a abonar debe satisfacer todas las necesidades fundamentales que fueron desatendidas en su momento.
- Educación y material escolar.
- Gastos médicos y de salud integral.
- Vivienda y servicios básicos.
- Vestimenta y recreación.
capacidad económica del deudor en el momento correspondiente como las necesidades específicas del hijo
Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias
responsabilidad parental
reclamación retroactiva













