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La Suprema Corte de Justicia de la Nación obligó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a modificar su reglamento de pensiones.

El fallo histórico abre la puerta para que tíos que ejercieron roles de crianza puedan acceder a la pensión por ascendencia, un derecho que hasta ahora estaba limitado exclusivamente a padres y abuelos biológicos.

La resolución surge del caso de una mujer que crió a su sobrino desde pequeño y dependía económicamente de él. Pese a demostrar el vínculo afectivo y la dependencia financiera, el organismo público le negó la pensión argumentando que no era su madre biológica. Así, se determinó que esta restricción es inconstitucional y que el cuidado real pesa más que el parentesco en papel.

La Suprema Corte resolvió que negar la pensión únicamente por no existir un vínculo biológico directo constituye una forma de discriminación y desconoce la diversidad de familias en México. Fuente: Shutterstock.
La Suprema Corte resolvió que negar la pensión únicamente por no existir un vínculo biológico directo constituye una forma de discriminación y desconoce la diversidad de familias en México. Fuente: Shutterstock.Suprema Corte de Justicia Nacional

El caso que cambió las reglas: cuando una tía es más que un árbol genealógico

A través del Amparo Directo en Revisión 3320/2025 se conoció la historia de una mujer que solicitó la pensión por ascendencia tras el fallecimiento de su sobrino, un trabajador asegurado del IMSS. Ante los tribunales, presentó pruebas contundentes: lo había criado como si fuera su hijo y dependía económicamente de él en sus últimos años.

El IMSS rechazó su solicitud basándose en el Reglamento de Jubilaciones y Pensiones, que limitaba este beneficio solo a la línea recta de ascendencia: padres, abuelos y bisabuelos. Para el organismo público, la realidad del hogar no importaba si el acta de nacimiento no reflejaba ese vínculo maternal.

La Suprema Corte revirtió esta negativa y declaró inconstitucional la restricción. Así, reconoció que las relaciones familiares en México son complejas y diversas, y que excluir a quienes ejercieron roles parentales reales constituye una discriminación injustificada.

El caso de una tía que crió y dependía económicamente de su sobrino marcó un antes y un después en las reglas de herencia de pensiones del IMSS. Fuente: Shutterstock.
El caso de una tía que crió y dependía económicamente de su sobrino marcó un antes y un después en las reglas de herencia de pensiones del IMSS. Fuente: Shutterstock.

Los 4 requisitos que debes cumplir para reclamar la pensión (y que el IMSS no podrá negarte)

Este fallo no significa que cualquier pariente pueda solicitar la pensión automáticamente. La Corte Suprema estableció criterios específicos para garantizar que el beneficio llegue a quienes realmente fungieron como figuras parentales. Los cuatro requisitos fundamentales son:

  • Rol de cuidado comprobado: debes demostrar que ejerciste un cuidado directo, sostenido y maternal o paternal hacia el trabajador fallecido durante su infancia o adolescencia.
  • Dependencia económica: necesitas acreditar que tu subsistencia dependía total o parcialmente del ingreso del trabajador asegurado.
  • Crianza de facto: la relación debe haber funcionado en la práctica como una tutela afectiva, más allá de los títulos legales. No importa si nunca hubo un documento de adopción o tutela formal; lo que cuenta es la realidad del hogar.
  • Discriminación por parentesco: debes demostrar que la negativa del IMSS se basó únicamente en el tipo de parentesco y no en la falta de pruebas del vínculo.