

La Suprema Corte de Justicia de la Nación se prepara para debatir una decisión que beneficiaría a millones de personas en México. El ministro Irving Espinosa Betanzo presentará en enero una propuesta para ampliar la exención del Impuesto al Valor Agregado a todos los artículos destinados a la gestión menstrual, no solo a los tres productos que actualmente gozan de este beneficio.
Desde 2022, únicamente toallas sanitarias, tampones y copas menstruales tienen tasa cero de IVA, mientras que otros productos similares como panti-protectores y ropa interior especializada siguen gravados con el 16%. Esta distinción motivó que Walmart México impugnara la ley por considerar que genera desigualdad tributaria.

Un amparo que podría cambiar las reglas del juego
El caso llegó a la Corte Suprema después de que Walmart México promoviera un amparo en enero de 2022, argumentando que la exclusión de ciertos productos viola los principios constitucionales de igualdad y no discriminación. La empresa señaló que resulta arbitrario otorgar beneficios fiscales solo a algunos artículos cuando todos cumplen la misma función: atender una necesidad biológica.
El litigio tuvo un recorrido complejo: tras perder en primera instancia, un tribunal ordenó reabrir el caso en 2024. Inicialmente asignado al ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien ya había elaborado un proyecto para declarar inconstitucional el artículo, el expediente pasó finalmente a manos de Irving Espinosa tras la renovación de la Corte Suprema en septiembre pasado.
El proyecto plantea que el Estado de México tiene la obligación de promover la salud pública sin imponer cargas económicas por necesidades relacionadas con el género. Según argumenta, mantener el impuesto en algunos productos de gestión menstrual perpetúa desigualdades estructurales que afectan especialmente a personas en situación de pobreza o marginación.
La propuesta sostiene que resulta contradictorio eximir del pago de IVA a tampones y copas menstruales mientras se cobra el 16% o adicional por productos que cumplen funciones similares. Esta diferencia, según el proyecto, obstaculiza el acceso a una gestión menstrual digna para quienes menos recursos tienen.

Organizaciones civiles respaldan la iniciativa
En mayo de 2025, diversas organizaciones presentaron ante la SCJN un documento de amicus curiae (amigo de la corte) en el que expusieron argumentos jurídicos y sociales a favor de eliminar el IVA a todos los productos menstruales. Este respaldo de la sociedad civil refuerza la postura de que el acceso a artículos de higiene menstrual debe considerarse un derecho fundamental, no un lujo gravable.
La discusión está programada para el 8 de enero de 2026, cuando el pleno de la Corte Suprema analizará si la actual legislación fiscal discrimina al establecer diferencias entre productos de gestión menstrual. De prosperar la propuesta, el beneficio de tasa cero se extendería a pantiprotectores, ropa interior especializada y otros artículos similares, haciendo más accesible la atención de esta necesidad básica para millones de personas.














