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Durante años, miles de propietarios de vehículos enfrentaron multas de tránsito sin tener herramientas reales para defenderse, especialmente cuando la sanción había sido notificada al conductor y no a ellos.
Esa situación cambió radicalmente con una resolución del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que estableció criterios claros sobre el derecho de los dueños de autos a presentar amparos indirectos contra las infracciones, independientemente de quién estuviera al volante.
La decisión también modifica el punto de partida del plazo legal para interponer ese recurso: ahora, el tiempo comienza a correr desde que el dueño toma conocimiento del acto impugnado, y no desde que la notificación le fue entregada.

¿Qué resolvió exactamente la Suprema Corte y por qué es un cambio histórico?
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la figura de la responsabilidad solidaria del propietario de un vehículo —es decir, la obligación legal de responder por las infracciones cometidas con su automóvil— no elimina ni limita su derecho a impugnar la multa mediante un juicio de amparo indirecto.
El Máximo Tribunal aclaró que el hecho de que la ley establezca que el dueño debe responder solidariamente no significa que esté obligado a pagar la sanción sin posibilidad de defensa. Hasta antes de este criterio, existía la interpretación de que, por el solo carácter de responsable solidario, el propietario debía cubrir la multa sin cuestionarla. El Pleno consideró que esa lectura era incorrecta, ya que vulnera el derecho de acceso a la justicia reconocido por la Constitución.
Con esta decisión, dejó claro que el propietario del vehículo conserva plenamente su derecho a acudir al amparo indirecto para controvertir la legalidad o constitucionalidad de la multa, incluso cuando no haya sido él quien conducía el automóvil al momento de la infracción. En otras palabras, la responsabilidad solidaria no cancela el derecho a defenderse.
El plazo para el amparo: desde cuándo empieza a correr el reloj
Uno de los aspectos más prácticos del fallo tiene que ver con los tiempos. La resolución precisó que el plazo para presentar el amparo indirecto no arranca desde que la autoridad notificó al conductor, sino desde el momento en que el propietario del vehículo tomó conocimiento del acto que quiere impugnar.
Esto tiene una implicancia directa: si el dueño del auto se enteró de la multa tiempo después de que fue labrada y notificada al conductor, no pierde automáticamente su oportunidad de defenderse.

Qué infracciones generan multas y cuáles son las más frecuentes en México
Las multas de tránsito son sancionadas cuando el conductor incumple las normas de circulación. Las causas más habituales incluyen manejar a exceso de velocidad, ignorar señalamientos viales, estacionarse en zonas prohibidas, usar el celular al volante, no llevar la documentación obligatoria, circular sin cinturón de seguridad o transitar sin placas reglamentarias.
Dependiendo de la gravedad de la falta, la autoridad no solo puede imponer una sanción económica, sino también retener el vehículo o suspender la licencia de conducir. Por eso, conocer los mecanismos de defensa disponibles —como el amparo indirecto ahora reconocido por la SCJN— es fundamental para cualquier propietario que quiera proteger sus derechos.
Cómo y dónde pagar o impugnar una multa en la Ciudad de México
Para quienes decidan abonar la infracción de tránsito en lugar de impugnarla, la Secretaría de Movilidad (SEMOVI) de la CDMX habilitó varias opciones: pago en línea a través del portal oficial ingresando los datos del vehículo, pago en sucursales bancarias autorizadas, en las propias oficinas de SEMOVI o en centros de atención ciudadana.
En cambio, quienes opten por defenderse a raíz del fallo de la Suprema Corte deberán iniciar el proceso de amparo indirecto ante un Juzgado de Distrito, contando el plazo desde que tuvieron conocimiento real de la multa.
Para esto, es recomendable consultar con un abogado especializado en derecho administrativo o constitucional, ya que los requisitos formales del amparo son específicos y el incumplimiento de alguno puede hacer perder el recurso.















