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El 16 de septiembre volverá a ser uno de los días de descanso obligatorio establecidos en la Ley Federal del Trabajo (LFT). La fecha conmemora el inicio de la Independencia de México y, al tratarse de un feriado oficial, la mayoría de los trabajadores podrá suspender sus labores con goce de sueldo, salvo aquellos casos previstos por la legislación.

En 2026, esta conmemoración se celebrará en miércoles, una situación que suele generar dudas entre empleados y empleadores. A diferencia de otros días festivos que se recorren al lunes para formar un fin de semana largo, el 16 de septiembre siempre se conmemora en su fecha original.

Presidenta de México.Fuente: EFEMario Guzmán

¿Qué ocurre si el 16 de septiembre cae entre semana?

El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo reconoce el 16 de septiembre como un día de descanso obligatorio. Esto significa que, en condiciones normales, los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios durante esa jornada.

Si por necesidades de la empresa un empleado debe laborar ese día, la ley establece que recibirá, además de su salario habitual, un pago adicional equivalente al doble de su sueldo diario. En otras palabras, percibirá un ingreso equivalente a tres salarios por esa jornada.

La bandera mexicana fue elegida como la más bonita de la región. Foto: Pixabay.

¿Cómo se conmemora el Día de la Independencia?

Cada 16 de septiembre, México recuerda el inicio de la lucha por la Independencia, encabezada por Miguel Hidalgo y Costilla en 1810. Como parte de los festejos, se lleva a cabo el tradicional desfile cívico-militar en la Ciudad de México, en el que participan integrantes de las Fuerzas Armadas, estudiantes, organizaciones civiles y diversas instituciones.

Ley Federal del Trabajo

  • El 16 de septiembre es un día de descanso obligatorio.
  • La fecha no se recorre al lunes, por lo que siempre se conmemora ese día.
  • Cuando coincide con un día entre semana, no genera un puente oficial.
  • Quienes trabajen durante la jornada tienen derecho a recibir el pago correspondiente que marca la Ley Federal del Trabajo para los días de descanso obligatorio.