No todos los trabajadores recibirán un aguinaldo completo al cierre del año. La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que quienes no hayan laborado durante todo el año con un mismo patrón tendrán derecho únicamente al pago proporcional de esta prestación.
El artículo 87 de la LFT señala que los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual que deberá entregarse antes del 20 de diciembre. Sin embargo, la misma disposición contempla reglas específicas para quienes no cumplieron un año completo de servicios.
La norma indica textualmente que “los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado”. Esto significa que el pago se calcula de acuerdo con los meses o días efectivamente trabajados.
¿Quiénes recibirán un aguinaldo proporcional?
La legislación laboral determina que los trabajadores que ingresaron durante el año o que dejaron de laborar antes de diciembre no perderán este derecho, pero tampoco recibirán el monto completo correspondiente a un año de servicios.
De acuerdo con el artículo 87, el aguinaldo mínimo legal es de “quince días de salario, por lo menos”. No obstante, quienes no cumplieron un año completo recibirán únicamente la parte que corresponda al tiempo trabajado, sin importar si continúan o no en la empresa cuando llegue la fecha de pago.
¿Qué trabajadores tienen derecho a esta prestación?
El Gobierno de México recuerda que el aguinaldo es un derecho para todas las personas que mantienen una relación laboral subordinada con un patrón. Esta prestación se volvió obligatoria a partir de la reforma a la Ley Federal del Trabajo de 1970.
Según la información oficial, el pago del aguinaldo corresponde a trabajadores de base, de confianza, de planta, sindicalizados, por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, vendedores y otros que se rijan por la LFT. En caso de incumplimiento, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) ofrece asesoría y representación para reclamar este derecho laboral.