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Los jubilados que se encuentren registrados o busquen formar parte de la Pensión Bienestar tendrán que atender a algunos cambios que regirán desde agosto y los requisitos que necesitan cumplir para recibir el próximo pago.

La Secretaría del Bienestar mantiene actualizados sobre las nuevas modificaciones a todos los adultos mayores y aspirantes que necesiten de una asistencia económica del Gobierno mexicano y quieran formar parte de la larga lista de programas sociales.

¿Cuáles son los cambios para jubilados de la Pensión Bienestar?

Los beneficiarios de la Pensión Bienestar se encuentran recibiendo los últimos pagos del bimestre julio-agosto y quienes aún no forman parte, mantienen la expectativa por poder cobrar a partir de septiembre.

En este contexto, los aspirantes deberán tener en cuenta que a partir de agosto comenzarán a regir algunos cambios que afectarán la manera en que se llevan a cabo las inscripciones.

Ten en cuenta y toma nota de las siguientes modificaciones:

Implementación de CURP biométrica

La llegada de la nueva CURP a algunos municipios del territorio azteca podría impactar próximamente en los procesos de inscripción. La actualización de la Clave Única de Registro de Población (CURP), que incluye la toma de huellas dactilares y escaneo del iris, representa un avance en materia de seguridad de datos personales.

Con las nuevas modificaciones, se espera que próximamente pueda tramitarse a lo largo y ancho de la República Mexicana y sirva como identificación al momento de registrarse a distintos programas sociales, como la Pensión para el Bienestar.

Cambio de tarjeta

A lo largo del 2025, el Banco del Bienestar se ha encargado de recordar el cambio de tarjeta que se realizó con la llegada de Claudia Sheinbaum al poder. La implementación de un nuevo plástico despertó muchas dudas sobre qué sucedería con el entregado durante el sexenio de Andrés Manuel López Obrador.

Al respecto, desde la entidad bancaria han informado que los cuentahabientes y beneficiarios de programas sociales deberán cambiar de inmediato la tarjeta en caso de haberla extraviado o que se haya cumplido la fecha de vencimiento. En este caso, para aquellos pensionados cuyos plásticos expiren en agosto, deberán tramitar uno nuevo.

Reducción en la edad de registro

En lo que respecta a las ciudadanas del país que quieran formar parte de la Pensión Mujeres Bienestar, desde agosto quedará reducida la edad de inscripción.

A partir del próximo mes, las habitantes mayores de 60 años podrán darse de alta de esta asistencia social. Este cambio implica un nuevo beneficio ya que hasta el momento solo se permitía el registro a mujeres que tuviesen entre 63 y 64 años. Únicamente, se autorizaba a mayores de 60 si eran oriundas de comunidades afromexicanas o indígenas.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a la Pensión Bienestar?

Cabe destacar que existen ciertas categorías bajo las cuales los ciudadanos mexicanos pueden anotarse para recibir la Pensión Bienestar; entre ellas, se destacan las de Adultos Mayores y Personas con Discapacidad.

Para todos ellos, se enlistan una serie de requisitos que deben reunir si buscan integrar la lista de beneficiarios a partir de los próximos meses:

Adultos mayores

  1. Tener 65 años o más.
  2. Presentar acta de nacimiento.
  3. Identificación oficial vigente: Credencial para votar, pasaporte vigente, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) u otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente.
  4. Clave Única de Registro de Población (CURP).
  5. Comprobante de domicilio no mayor a seis meses o constancia de residencia de la autoridad local.
  6. Télefono de contacto celular y de casa.

Personas con discapacidad

  • Acta de nacimiento en original y copia.
  • Identificación oficial vigente en original y copia (credencial para votar, pasaporte, credencial de Inapam o algún otro documento que la acredite).
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) en original y copia.
  • Comprobante de domicilio en original y copia (máximo 6 meses de antigüedad).
  • Certificado y/o constancia médica que acredite la discapacidad permanente emitido por alguna institución pública del sector salud federal, estatal o municipal.
  • En caso de que el o la solicitante del programa no pueda acudir personalmente al registro, tiene derecho a nombrar a una persona auxiliar para que acuda en su representación quien, a su vez, deberá presentar una identificación oficial, CURP, comprobante de domicilio y un documento que acredite el parentesco con la persona con discapacidad.
  • Tener entre 0 y 64 años (aplica para la gran mayoría de las entidades federativas del país).
  • Tener hasta 29 años, en caso de residir en Aguascalientes, Chihuahua, Coahuila, Durango, Guanajuato, Jalisco, Nuevo León y Querétaro