En esta noticia

Sí eres una persona pensionada por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez, o estás a punto de iniciar el trámite para tener tu beneficio, presta mucha atención porque el Instituto Mexicano del Seguro SocialIMSS tiene varios porcentajes de aumentos económicos que se le puede agregar a tu pensión.

Si estás por jubilarte y no tienes pareja, hijos o familiares que dependan económicamente de ti, el IMSS te dará una ayuda adicional del 15%, según lo indica así el Régimen pensional de 1973 para pensiones de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez.

Pensión IMSS. Fuente: Archivo.
Pensión IMSS. Fuente: Archivo.

¿Cómo funciona el adicional del 15% en mi pensión?

Las asignaciones familiares que recibes, como apoyo para familiares a tu cargo, terminarán cuando fallezca la persona por la cual las recibes.

Para tus hijos, este apoyo se detiene cuando cumplen 16 años, o 25 si siguen estudiando, pero debes presentar un comprobante de estudios. Si alguna situación descrita en la Ley del Seguro Social aplica en tu caso, el porcentaje de la asignación puede ajustarse, y ser menos de lo que esperas. Las reglas dependen de la ley vigente hasta 1997.

Otros amparos del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973

De acuerdo a lo expresado por el IMSS en su sitio web, cada persona pensionada bajo esta ley podrá recibir la ayuda económica también conocida como "asignación familiar".

Jubilación y pensión en México. Fuente: Archivo.
Jubilación y pensión en México. Fuente: Archivo.

Respecto al concepto de "carga familiar", el IMSS entrega también los siguientes beneficios

  • Adicional del 15% por esposa o concubina.
  • Monto adicional del 10% por cada uno de los hijos menores de dieciséis años.
  • Dinero adicional 10% por cada uno de los hijos de dieciséis y hasta veinticinco años, si se encuentra estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional, siempre que no sea sujeto del régimen obligatorio.
  • Adicional del 10% por cada uno de los hijos del pensionado con motivo de no poderse mantener por sí mismos, debido a inhabilitación para trabajar por enfermedad crónica, física o psíquica, la asignación podrá continuarse pagando hasta en tanto no desaparezca la inhabilitación sin importar la edad.
Jubilaciones en México. Fuente: Archivo.
Jubilaciones en México. Fuente: Archivo.

¿Qué pasa si soy pensionado y no tengo pareja o hijos?

En casos puntuales donde el pensionado no cuente con pareja, cónyuge o viva en concubinato demostrable o tenga hijos para acceder a los beneficios del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973, tendrá un beneficio diferente.

"Se concederá (al pensionado) una asignación del 10% por cada uno de los padres del pensionado si dependieran económicamente de él ; si el pensionado sólo tuviera un ascendiente se le concederá adicionalmente una ayuda asistencial del 10%", indica el IMSS.