El Departamento de Estado de Estados Unidos anunció que, desde el 6 de septiembre, los solicitantes de visas americanas de no inmigrantes deberán acreditar su residencia en el país donde presenten su solicitud.
De esta manera, quienes soliciten una entrevista en consulados fuera de su país de nacionalidad, no podrán calificar tan fácil y las tasas pagadas no serán reembolsables ni transferibles.
Quiénes se verán afectados por este nuevo requisito en el trámite de la visa americana
El cambio anunciado por gobierno estadounidense obliga a que gran parte de los trámites de visas no inmigrantes -entre ellas B1/B2- se realicen en la embajada o consulado del país de residencia o de la nacionalidad del solicitante.
Antes, muchos solicitantes buscaban plazas en consulados de terceros países con menores tiempos de espera, pero esa opción quedó severamente limitada.
Además, se informó que las tarifas ya pagadas por solicitudes realizadas fuera del país de residencia no serán reembolsas ni transferibles a otra cita.
Por último, el Departamento de Estado señaló que existen excepciones muy limitadas, aplicables solo en casos humanitario, emergencias médicas o razones de política exterior, las cuales se evaluarán individualmente.
El motivo detrás de la decisión del Departamento de Estado
La medida tiene como objetivo centralizar y sistematizar la adjudicación de visas estadounidenses, con el fin de reducir prácticas consideradas contrarias con el fortalecimiento de los controles en los procesos.
Qué debes hacer si eres solicitante mexicano
Si residís en México, lo primero que debes hacer es verificar cuál es la embajada o consulado competente, ya que los trámites deben realizar preferiblemente en el país de residencia o de nacionalidad.