

La Ley 73 del Instituto Mexicano de la Seguridad Social (IMSS) entró en su etapa final.
Así, el Gobierno de México explicó que quienes se afiliaron después del 1 de julio de 1997 ya no podrán acceder a este popular régimen de pensión. Solo estará disponible para quienes cumplan con los requisitos antes de que agote el periodo de conversación de derechos.

Cuáles son los requisitos para acceder a la Ley 73
Para retirarse bajo la Ley 73, los trabajadores deben cumplir con un mínimo de 500 semanas de cotización y estar dentro del periodo de conservación de derechos, que corresponde a la cuarta parte del tiempo cotizado.
Además, el monto de pensión se calcula con base en el salario diario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas, aproximadamente cinco años. Según el organismo público, "dependiendo de la edad en la que te pensionas, te otorgarán un porcentaje de la pensión que te correspondería si esperaras hasta los 65 años de edad"
Cómo retirarse en el IMSS bajo la Ley 73
Para retirarse en el IMSS bajo la Ley 73, los interesados deberán presentar los siguientes documentos:
- Identificación oficial.
- Estado de cuenta de su AFORE.
- Estado de cuenta bancaria con CLABE.
- Resolución de pensión emitida por el IMSS.
El trámite se inicia en la Subdelegación del IMSS más cercana, donde se entrega una Solicitud de Pensión. Cuando es aprobada, el procedimiento continua en la AFORE, que tiene hasta seis días hábiles para depositar.

¿Por qué se termina la Ley 73 del IMSS?
Fue el propio organismo público quien lo confirmó, indicando que entró en su fase final y que sólo seguirá disponible para quienes cumplan los requisitos antes de que se agote el periodo de conservación de derechos.
Así, se dará paso a sistemas más modernos de pensiones, como la Ley 97, vigente de 1977.
Cómo consultar a que régimen del IMSS perteneces
Uno de los datos más importantes a la hora de solicitar una pensión en caso de haber cotizado para el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es saber a qué régimen perteneces.
Para saberlo la persona sólo tendrá que conocer la fecha en la que comenzó a cotizar. Por ejemplo, si se dio de alta en el IMSS antes del 1 de julio de 1997, su régimen es Ley 73.















