

La Corte Suprema de Justicia
determinó que
espiarle
el Facebook, el correo electrónico y la lista de contactos del teléfono celular
a la pareja es un delito federal.
El máximo tribunal resolvió así una cuestión de competencia entre dos tribunales que pugnaban por un expediente en el que una mujer denunció a su pareja por una supuesta situación de celotipia.
La mujer llevó a la Justicia la situación por la que “
su ex pareja habría ingresado a su usuario de la red social Facebook y en su correo electrónico gratuito,
y además habría obtenido, presumiblemente, los datos de sus contactos del teléfono celular y copiado su tarjeta SIM .
El juez federal Luis Rodríguez rechazó la causa porque -a su entender- “no se advierte en el caso un interés que trascienda el estrictamente individual, ni circunstancia alguna capaz de fundar la intervención de la justicia federal .
Pero el procurador general adjunto Eduardo Casal replicó que “el usuario de la red social y el correo electrónico constituyen una
comunicación electrónica o dato informático de acceso restringido
, cuyo acceso sólo es posible a través de un medio que por sus características propias se encuentra dentro de los servicios de telecomunicaciones .
Esas cuestiones, consideró el procurador, “son de interés de la Nación .
La Corte, con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, confirmó que debe intervenir la Justicia Federal, asignándole así ese carácter al delito.













