El Banco Central (BCRA) resolvió exceptuar las líneas de crédito con el exterior y de largo plazo de las nuevas exigencias que implementó hace unas semanas, a través de la Comunicación "A" 8311, en la que estableció una exigencia diaria del 30% para los encajes en dólares (la Posición Global Neta en Moneda Extranjera), con vigencia a partir del 1 de diciembre de este año.
"La norma lo que permite es que, dentro de la posición más restrictiva de la posición de contado de moneda extranjera, los bancos puedan seguir otorgando créditos en dólares cubiertos para no generar un achique del crédito adicional", resume Sebastián Menescaldi, economista de Eco Go, en diálogo con El Cronista.
"Lo que buscan es que, a partir de la suba de exigencias, las entidades no computen los créditos internacionales en la Posición Global Neta, se refiere a algún swap, algún crédito para cobertura, etcétera. Lo que hace es escindir la posición local de la internacional", analiza el economista Federico Glustein.
Así, la nueva norma (Comunicación "A" 8325) establece que esa Posición Global Neta no podrá exceder en valor negativo el 30% de la Responsabilidad Patrimonial Computable (RPC) y busca que ese límite no obstaculice a las entidades la captación de líneas de financiamiento del exterior y de largo plazo (vida promedio no menor a 12 meses), obtenidas de por ej. bancos multilaterales de desarrollo, agencias oficiales de crédito, organismos financieros del exterior, etcétera, que estén destinadas a dar financiaciones locales en pesos con cobertura del riesgo cambiario a través de operaciones a término..
Es por eso que el BCRA dispuso que tales líneas del exterior puedan no ser computadas en la "Posición de contado de moneda extranjera", que engloba a la "Posición de contado" más otras operaciones.