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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco le ha dado la razón al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) al exigir la devolución del paro para un ayudante de camarero. El hombre había pedido la ayuda económica para montar su propio bar, pero la justicia determinó que un detalle clave no lo permitía ser beneficiario del paro.

El hombre trabajaba como ayudante de camarero en la empresa desde el 21 de febrero de 2013. Fue el 10 de mayo de 2024 cuando le comunicaron su despido disciplinario por “falta de confianza”.

El mismo día del despido, el trabajador interpuso una demanda y, en el acto de conciliación, la empresa reconoció la improcedencia del despido y acordaron una indemnización de 1010,21 euros, a pesar de que el salario bruto del trabajador era de 1936,93 euros mensuales.

Posteriormente, el 20 de mayo de 2024, el trabajador solicitó el paro y la capitalización de la prestación, a través de la cual la cobraría en un único pago para hacerse autónomo y gestionar un bar. Para el traspaso del restaurante necesitaba 25.000 euros; sin embargo, el SEPE no se los concedió.

El SEPE no le otorga el paro a este camarero por un motivo clave. (Fuente: archivo)
El SEPE no le otorga el paro a este camarero por un motivo clave. (Fuente: archivo)

Los motivos por los que el camarero no pudo cobrar el paro

El trabajador ya había suscrito un contrato de arrendamiento para este nuevo local el 17 de mayo de 2024, días antes de solicitar la capitalización. Pero el SEPE sancionó al trabajador por fraude de ley, considerando que había pactado el despido para acceder a la prestación por desempleo, exigiéndole la devolución de la ayuda.

Ante esta sanción, el hombre decidió reclamar a través de una demanda estimada por el Juzgado de lo Social n.º 2 de Vitoria-Gasteiz. Por otro lado, el SEPE recurrió, presentando un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco concluyó que sí se simuló el despido. Primero, este se basó formalmente en una “falta de confianza”, un motivo genérico que la empresa no intentó demostrar. Inmediatamente, la empresa reconoció la improcedencia y pactó una indemnización que el tribunal considera “muy inferior al mínimo legal”, dada la antigüedad y el salario del trabajador.

Los planes del camarero de abrir su propio bar en España. (Fuente: archivo)
Los planes del camarero de abrir su propio bar en España. (Fuente: archivo)

¿Por qué el Tribunal Supremo canceló la capitalización del paro?

El tribunal también destacó que la papeleta de conciliación fue presentada dos días antes de que se le entregara formalmente la carta de despido al trabajador. Esto demuestra que existía un acuerdo previo entre la empresa y el trabajador para simular el despido y permitir al empleado “vía libre” para su plan, que era montar su propio bar.

En último lugar, el trabajador firmó el contrato de alquiler para su nuevo bar el 17 de mayo, solo cinco días después del despido y tres días antes de pedir la capitalización del desempleo. Esto evidencia que el arrendamiento ya estaba concertado antes de la extinción laboral y que el despido fue un mero instrumento necesario para “financiar el arrendamiento del local y del negocio”.